Miércoles 11 de enero de 2023, p. 10
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el requisito de no contar con antecedentes penales para poder laborar en los Centros de Atención Infantil del estado de Nuevo León, aunque tres de los ministros advirtieron que en casos como éstos debería prevalecer el interés superior del niño y mantenerse tal prohibición.
Margarita Ríos Farjat, Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar Morales indicaron que tratándose del cuidado de menores de edad la precaución es razonable y podría sustentarse jurídicamente; sin embargo, se impuso la mayoría.
El ministro ponente de este caso, Javier Laynez Potisek, explicó que hizo su proyecto con base en 14 precedentes de asuntos similares, donde el pleno de la SCJN ya ha señalado que imponer el no tener antecedentes penales como indispensable para obtener un empleo es discriminatorio y contrario al objetivo de reinserción social que se define en el artículo 18 de la Constitución como un derecho para quienes han purgado su sentencia en el sistema penitenciario.
La votación definitiva de este asunto había quedado pendiente desde el lunes, debido a que la ministra Loretta Ortiz Ahlf no asistió por cuestiones de salud. Sin embargo, al retormarse el tema este martes su voto fue definitivo para que se alcanzara la mayoría de ocho necesaria para declarar inconstitucional cualquier norma ya en vigor.