Número 183 Suplemento Informativo de La Jornada Directora General: Carmen Lira Saade Director Fundador: Carlos Payán Velver
Mezcales

Implicaciones socioambientales de las denominaciones de origen para destilados de agave en México, a 50 años de su creación

Cambio de uso de suelo para cultivo de A. tequilana. Ignacio Torres
Carlos Lucio MILPA AC

México se ha vuelto un gigante agroexportador a partir de la apertura comercial experimentada en el marco de los procesos de integración económica del periodo neoliberal. En los últimos años, el tequila y el mezcal (junto con la cerveza que ocupa el primer lugar), lideran las exportaciones agroalimentarias en términos de balanza comercial, con una cifra que solo durante el primer cuatrimestre de 2022, ya supera los tres mil millones de dólares. En ese contexto, el crecimiento productivo y comercial de los destilados de agave ha sido resultado de una fase expansiva destinada a satisfacer el mercado internacional y derivada del constante aumento de la demanda.

Con todo, el éxito comercial avanza mediante la ampliación de la frontera de la extracción y genera una grave problemática socioambiental que se extiende ya por todo el territorio nacional, como puede observarse con este breve recorrido histórico que pretende analizar muy someramente las dos denominaciones más importantes para los destilados de agave en nuestro país. La primera denominación de origen mexicana se publicó en 1974 para reconocer al tequila bajo este dispositivo de protección. El problema es que cualquier análisis de las normas de calidad que han existido para esta bebida, desde la DGN. R-9-1949, la DGN. R-9-1964 y la DGN-V-7-1970, junto con la Denominación de Origen Tequila (DOT) de 1974, constituyen, en realidad, un proceso bastante obvio de “adulteración de origen”, cuyo ejemplo más relevante es la posibilidad de agregar hasta el 49% de azúcares de una procedencia distinta al Agave tequilana.

En este marco regulatorio tomaron al “origen” como cualquier lugar de extracción del A. tequilana, y por eso admitieron progresivamente a varios municipios de los estados de Nayarit, Michoacán, Guanajuato y Tamaulipas. En consecuencia, ni el área geográfica, ni el insumo determinaron la calidad de este producto, como tampoco la particularidad de los recursos bióticos y cognitivos atribuidos al “origen”. A pesar de que es un instrumento de propiedad intelectual, la primera denominación no protege los conocimientos técnicos para la elaboración de un producto, ni los recursos biológicos asociados. Lo que sí protege en términos de exclusividad de uso es la captura de las ganancias, el comportamiento monopólico y el derecho de exclusión de quienes no acrediten los criterios de calidad (por más laxos que sean) que impone un organismo evaluador.

La primera denominación de origen para destilados de agave en México (DOT), pavimentó el camino que fue recorrido, 20 años después, por la Denominación de Origen Mezcal (DOM). La primera DO, aunque está confinada prácticamente en el plano territorial, al no admitir ninguna solicitud de ampliación desde el año 2000, experimentó un crecimiento gigantesco en términos “intensivos”, al superar el año pasado todos los records históricos de la cadena, con una producción de 527 millones de litros, de los cuales 336 millones se exportaron; por el crecimiento exponencial del número de marcas y del consumo de agave, que superó las 2 millones de toneladas en 2021, más el número de productores de la materia prima que pasó de 3 mil en 2014, a 25 mil actualmente.

Mientras esta denominación crece en términos “intensivos”, la DO mezcal combina el crecimiento “extensivo” con el “intensivo” porque crece tanto en términos de superficie y extensión territorial, como en el del insumo, pues ha incorporado a nueve estados de la república, adicionales a los cinco declarados en 1994, y porque incorpora masivamente otras especies y variedades de agave al proceso de producción. Aunque cuatro de esos estados fueron impugnados por el consejo regulador, y no se encuentran vigentes en la DOM, eso no cambia nada en cuanto el crecimiento expansivo de esta denominación, pues las solicitudes fueron presentadas, admitidas y publicadas en el Diario Oficial de la Federación. Además, crece de forma intensiva porque su norma de calidad, que reconoció en 1994 a 5 agaves por su importancia económica (NOM-070-SCFI-1994), en su versión actualizada ya no presenta ninguna distinción (NOM-070-SCFI-2016), salvo que sean cosechados en el área comprendida en su demarcación y por lo tanto, inaugura el criterio de “todo está permitido” pues ha crecido el número de especies identificadas para su aprovechamiento que pasó de 5 predominantes en 1994, a 61 especies actualmente, 53 de las cuales son de origen silvestre.

El problema más evidente en las distintas fases de crecimiento y expansión de las denominaciones de origen para destilados de agave, son sus implicaciones socioambientales en cuanto a su marcada incapacidad para preservar la riqueza patrimonial que representan los destilados mexicanos que tienen tan alta densidad biocultural. La abierta contradicción entre el éxito comercial del tequila y del mezcal, frente a los cada vez más problemáticos impactos socioambientales que generan, es resultado del imperativo cortoplacista del mercado que, por maximizar la tasa de ganancia, elude cualquier compromiso en cuanto a la preservación de los recursos bióticos y cognitivos asociados a la cadena de valor.

Las denominaciones de origen en México, se convirtieron así en un dispositivo jurídico que impuso derechos de uso exclusivos sobre la rentabilidad de un producto, y esos derechos de uso terminaron capturando la renta y favoreciendo comportamientos monopólicos de los órganos reguladores, pero también provocaron el abatimiento de la base material de los recursos, al ampliar constantemente la frontera de la extracción. Se da entonces una transición de la anterior apropiación colectiva de los recursos bioculturales para producir destilados de agave, hacia su captura monopólica y corporativa, a través de la exclusividad de los derechos de uso que precisamente ponen en riesgo la preservación, tanto del patrimonio como del paisaje biocultural.

La alternativa a esos escenarios que privilegian la ganancia, a cambio de la degradación ambiental, es la creación de otros dispositivos de reconocimiento y protección, comprometidos con el cuidado y la regeneración de la diversidad biocultural, como los sistemas participativos de garantía y los sellos verdes, que pueden servir para estimular nuevas formas de apropiación colectiva versus la apropiación individual y corporativa, y que permitan comunicar a los consumidores valores alternativos asociados al respeto por el medio ambiente, con base en economías ecológicas y estrategias de resiliencia socioambiental. La creación de sellos verdes y biodiversos constituyen un camino alternativo a las denominaciones de origen, que procura devolver la gobernanza socioambiental y la apropiación colectiva de los recursos a las comunidades productoras de origen campesino, que son, en todo caso, la principal línea de defensa contra el avance del agronegocio y el neoextractivismo rural. •