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Informe del cuarto año de AMLO violó la veda electoral, determina el TEPJF

La sala superior rechazó iniciar un doble recurso contra el dirigente del PRI, Alejandro Moreno

 
Periódico La Jornada
Jueves 15 de septiembre de 2022, p. 13

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que la divulgación del informe 100 días del cuarto año de gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador constituyó propaganda gubernamental personalizada difundida en periodo prohibido, esto es, durante los procesos electorales efectuados este 2022 en seis entidades del país.

El Partido de la Revolución Democrática interpuso la queja y la sala regional de este mismo tribunal determinó que hubo violaciones electorales y sancionó a las concesionarias de radio y televisión que difundieron los materiales.

La resolución fue impugnada por el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, el Presidente de la República y diversas empre-sas de comunicación, entre otros. No obstante, la sala superior confirmó las infracciones.

En la sesión de ayer, variada en temas, se confirmó un criterio de la Unidad de lo Contencioso del Instituto Nacional Electoral (INE), la cual determinó que no ha lugar a un procedimiento sancionador derivado de una queja presentada por Morena contra el Partido Revolucionario Institucional y su dirigente, Alejandro Moreno.

Aunque no se detalla el fondo del asunto, se concluye que no se puede abrir un doble recurso contra el dirigente tricolor. Morena ha interpuesto diversas quejas contra el presidente priísta por la comisión de presuntos delitos electorales revelados en audios que divulgó la gobernadora de Campeche.

Luego, en otro episodio completamente distinto, la sala superior determinó que el Congreso de la Unión debe legislar en materia de derechos político-electorales de la comunidad LGBT+, particularmente para garantizar el acceso de quienes se autoadscriben en este grupo a participar, en igualdad de condiciones, en la vida democrática del país.

Por otro lado, los magistrados revocaron la determinación de la sala especializada de sugerir a Twitter poner en marcha medidas de reparación a favor de una víctima de violencia política de género, pues al no ser responsable de la infracción, no tiene la obligación de reparar, señalaron los jueces de este máximo tribunal electoral.

En cuanto al caso Gabriel Quadri y las agresiones contra la diputada trans Salma Luévano Luna, el pleno de la sala superior confirmó que el diputado panista incumplió medidas cautelares en materia de violencia política en razón de género, que le dictó la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, que consisten en eliminar cuatro de las 11 publicaciones denunciadas en su perfil. Por ese motivo, se dará vista al Congreso dela Unión para la imposición de la sanción correspondiente.

En contraparte, la diputada morenista Andrea Chávez fue exonerada de actos de violencia política en razón de género que supuestamente cometió contra una legisladora.