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Ordenan revisar supuestos actos de campaña anticipados de Sheinbaum y Ebrard
 
Periódico La Jornada
Jueves 4 de agosto de 2022, p. 5

Por mayoría de votos cinco contra uno, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las sentencias de la Sala Regional Especializada en las que declaró inexistentes las infracciones de actos anticipados de campaña y pre campaña atribuidos a la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, y al canciller Marcelo Ebrard, por su asistencia y participación en eventos proselitistas en el marco de diversos procesos electorales locales.

Ordenó que se emitan nuevas sentencias, ya que en las impugnadas por el PRI no se argumentó por qué no se actualizó el elemento de actos anticipados de campaña y no se hizo un análisis exhaustivo de las denuncias presentadas.

Lo resuelto por los magistrados, con excepción de Mónica Soto, parte de las quejas presentadas por el PRI contra Sheinbaum y Ebrard, así como en contra de Morena, ello con motivo de su participación en eventos de campaña en favor de las candidaturas de dicho partido y diversas notas periodísticas en las que se les identificó como probables aspirantes a la Presidencia para el proceso electoral 2023-2024.

El proyecto aprobado ayer señala que en las sentencias impugnadas se incurrió en una falta de motivación y fundamentación al no haber argumentado por qué de los hechos denunciados y del contexto en el que se llevaron a cabo, no se actualizó el elemento subjetivo de los actos anticipados de campaña.

La Sala Superior explicó que el elemento subjetivo de los actos anticipados de campaña, consistente en el llamado al voto a favor o en contra de cualquier persona o partido, también implica otras expresiones que funcionalmente equivalgan a un apoyo o rechazo de forma inequívoca hacia una opción electoral. .

En sesión pública, el TEPJF también se pronunció sobre diversos actos de impugnación relacionados con el proceso de Morena rumbo a su tercer Congreso Nacional. El pleno revocó dos resoluciones de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido, por el cual desechó las quejas presentadas por dos militantes para controvertir la exclusión de la lista de candidatos a consejeros y congresistas. Se le ordenó que se le requiera a la Comisión de Elecciones la documentación necesaria y emitir una nueva determinación.