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Avala Tribunal Electoral lineamientos de consulta indígena
 
Periódico La Jornada
Domingo 24 de julio de 2022, p. 7

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio su aval a las características de la consulta indígena delineados por el Instituto Nacional Electoral (INE), por lo cual rechazó las peticiones de ciudadanos que habían solicitado la inclusión, por ejemplo, de la comunidad afromexicana.

La consulta se realizó del 2 al 21 de julio y, aunque partió de una orden del TEPJF, definió el mecanismo, de cuyos resultados elaborará –en agosto– los lineamientos para regular las candidaturas indígenas.

Este ejercicio se aplicó a las personas indígenas mexicanas residentes en el país, de forma individual, a través de autoridades tradicionales o comunitarias y de instituciones representativas.

El miércoles 20 de junio, la sala superior del TEPJF confirmó los acuerdos del Consejo General del INE y le ordenó publicar las propuestas, sugerencias, observaciones y contenidos que formulen los pueblos y comunidades indígenas en el micrositio web previsto en la convocatoria, así como en los medios de comunicación culturalmente adecuados para ello.

Diversas personas integrantes de pueblos y comunidades indígenas del estado de Morelos, así como una persona integrante del pueblo afromexicano de la comunidad de Cuajinicuilapa, Guerrero, se inconformaron con los acuerdos del INE, porque a su juicio la materia de la consulta debió incluir las acciones afirmativas en materia indígena a implementarse en general.

También porque la consulta debió hacerse extensiva a las personas, los pueblos y las comunidades afromexicanas, consideraron.

Las personas inconformes dijeron que los plazos previstos para la realización de las etapas de la consulta son insuficientes y el diseño de la misma no es culturalmente apropiado ni de buena fe.

En la sentencia aprobada, a propuesta del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, se concluye que no es posible ampliar la consulta. Ésta –aseveró el tribunal– no vulnera los derechos de las personas y las comunidades afromexicanas, porque los requisitos de autoadscripción y ejercicio de sus derechos son distintos a los pretendidos en la consulta cuya materia y alcances fueron determinados por la sala superior.

Los plazos previstos por la autoridad para la implementación de las etapas de la consulta no generan, por sí mismos, un perjuicio a la parte actora, ni se advierte una afectación a sus derechos por dicha situación, se indica en el resolutivo.

Adujo que el diseño de la consulta es culturalmente apropiado, porque permite la deliberación de los pueblos y las comunidades indígenas conforme a sus usos y costumbres, con independencia del cuestionario cuyo objeto es guiar el proceso, indicó. Asimismo, cumple el requisito de buena fe, ya que se prevén diversos mecanismos para que las comunidades dialoguen sus posturas con la autoridad y éstas sean valoradas.