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Diputados niegan desacato

Interpone el IECM recurso contra el Congreso por incumplir sentencia

No le entregó más de 198 mdp en el plazo fijado por el Tribunal Electoral

 
Periódico La Jornada
Miércoles 13 de julio de 2022, p. 28

El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) interpuso un incidente de ejecución de sentencia ante el Tribunal Electoral local (TECM), debido a que el Congreso capitalino incumplió el plazo de 15 días hábiles para entregar más de 198 millones de pesos al órgano autónomo como parte de su presupuesto para 2022.

En el documento, el instituto solicita a los magistrados realizar un apercibimiento al Poder Legislativo de la ciudad para que le ordene dar cumplimiento a la resolución, o en su caso lleve a cabo las diligencias necesarias para ello.

Si bien el IECM hizo referencia a las impugnaciones del Congreso y del gobierno locales ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), no se hizo mención sobre la suspensión otorgada por la sala constitucional para que los diputados se abstengan de cumplir con el mandato de los magistrados.

No obstante, recordaron que en materia electoral no hay efectos suspensivos, por lo que los diputados deben dar cumplimiento a los resolutivos de la sentencia.

El Congreso local fue notificado el 16 de junio de 2022, por lo cual el término establecido en la sentencia comenzó el 17 del mismo mes y año, y feneció el 7 de julio de 2022, y hasta el momento no ha cumplido, acusaron.

Con la presentación de dicho documento, el TECM ha recibido dos incidentes de ejecución contra el Congreso y el gobierno capitalinos, el primero fue presentado por el diputado Royfid Torres, de la Asociación Parlamentaria Ciudadana, el viernes pasado.

Por su parte, el presidente de la mesa directiva del Congreso, Héctor Díaz Polanco, de Morena, así como sus compañeros de bancada, insisten en que los magistrados electorales excedieron sus atribuciones al exigir al Legislativo entregar recursos millonarios al instituto, por lo que se han apegado a la suspensión de la sala constitucional, sin que ello implique incurrir en desacato. Por su parte, los consejeros electorales consideran que se trata de prácticas dilatorias para incumplir con una resolución de un juicio cuya naturaleza es electoral, el cual ya agotó todas sus instancias.