Lunes 20 de junio de 2022, p. 36
El Poder Judicial local atiende al año de seis a 10 casos por la sustracción de un menor llevado al extranjero en los cinco juzgados especializados de restitución internacional.
La jueza séptimo familiar, Margarita Gallegos, explicó que el padre o la madre víctima debe ir a la Secretaría de Relaciones Exteriores para presentar una solicitud.
De acuerdo con la normatividad, un expediente de esa índole asienta cómo ocurrieron los hechos y el posible paradero del menor, que debe resolverse en mes y medio.
El asunto se canaliza a un juzgado donde se concentró esa jurisdicción para su localización, incluso con la colaboración de la Interpol para que sea buscado en 101 países y se le restituya a su lugar de origen a la brevedad, con la finalidad de evitar efectos perjudiciales derivados de su permanencia en lugar distinto al de su residencia habitual mediante un procedimiento legal en el que se da vista al sustractor y se le garantiza audiencia a fin de que pueda defenderse.
La resolución se demora cuando se presentan situaciones como la no localización del menor o la estrategia de abogados para retrasar el proceso con apelaciones o amparos. Sin embargo, hay casos extremos, donde el sustractor cambia la apariencia o el nombre del menor con una nueva acta de nacimiento, por lo que se incurre en un delito.