Se deben sancionar las críticas basadas en la condición de mujer o faltas de respeto por creencia de que tiene menos valor que un hombre
Viernes 6 de mayo de 2022, p. 9
En distintos eventos, comisiones y proyectos, las instituciones electorales han hecho énfasis recientemente en la importancia de evitar y, en su caso sancionar, la violencia política en razón de género. Una de las consecuencias a los infractores es convertirse en no elegible para un puesto de representación popular.
El magistrado presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Reyes Rodríguez Mondragón, señaló que este tipo de violencia significa uno de los mayores obstáculos que enfrentan las mujeres para ejercer sus derechos.
Las mujeres parten de una situación de desigualdad estructural e institucionalizada que se debe subsanar al juzgar con perspectiva de género; esto quiere decir que debemos reconocer cuando las críticas están basadas en la condición de mujer o en la creencia de que se les puede faltar al respeto o insultar porque tienen un menor valor que las personas de género masculino. Ahí es irrefutable la existencia de esa violencia y debemos sancionarla
, advirtió.
Más adelante, también durante el foro Violencia Política contra las mujeres en razón de género. Aportaciones y desafíos de los tribunales electorales de las entidades federativas, su colega Felipe Fuentes Barrera indicó que este tipo de violencia no es exclusivo de una raza, clase social o ideología, por lo cual los jueces debe enfrentar de manera férrea esta problemática.
De acuerdo con estimaciones mundiales, precisó el magistrado, a lo largo de su vida una de cada tres mujeres es maltratada o sometida a distintos abusos.
A su vez, el magistrado presidente recordó la valía de este desarrollo político.
En 1954 Aurora Jiménez de Palacio fue electa como la primera diputada federal en la historia de México. Tres años después se eligieron a las dos primeras senadoras: de Campeche, María Lavalle Urbina, y de Sonora, Alicia Arellano Tapia, mientras que la primera gobernadora fue la colimense Griselda Álvarez, electa en 1979.
La paridad 50-50
Fue hasta 1996 cuando se estableció el sistema de cuota de género en la legislación de representación popular; el porcentaje subió en las reformas político-electorales subsecuentes; desde 2018 se tiene la base de la paridad, 50-50, reglas llevadas a la Constitución con base en reformas en 2019 y 2020.
Sin embargo, anotó, persiste la violencia política en razón de género. El origen de este tipo de violencia, acotó el magistrado presidente, no proviene necesariamente de un aumento en las cuotas o de la paridad o participación igualitaria de las mujeres.
Este fenómeno no es reciente y su objetivo es limitar o menoscabar el ejercicio de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, manifestó.
En tanto, la sala regional Ciudad de México del TEPJF avaló que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) continúe teniendo representación ante el instituto electoral de Morelos, aun cuando no obtuvo la votación mínima en la pasada elección local. Esto se resolvió así, porque el PRD tiene personalidad jurídica a escala nacional.