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Infonavit crea norma para regular prácticas comerciales y publicidad
 
Periódico La Jornada
Jueves 24 de marzo de 2022, p. 11

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y la Secretaría de Economía crearon la Norma Oficial Mexicana (NOM) 247-SE-2021 que regula las prácticas comerciales y de publicidad, así como los elementos mínimos que deben contener los contratos para la compraventa de vivienda.

El objetivo, enfatizó el instituto, es proteger de fraudes o engaños a los mexicanos, por parte de coyotes, al momento de adquirir una vivienda.

A más de un año de haber sido impulsada por el Infonavit, la nueva NOM publicada en el Diario Oficial de la Federación –que entrará en vigor dentro de seis meses–, garantizará la protección efectiva de los derechos de los consumidores.

El instituto puntualizó que la NOM 247 aplicará para todas las personas físicas o morales que participen directa o indirectamente en la asesoría y venta de inmuebles destinados a casa habitación –constructores, fraccionadores, inmobiliarias, promotores, notarios e instituciones financieras, entre otros–, de tal forma que se promuevan mejores prácticas y una mayor transparencia en el sector, en beneficio de las familias mexicanas.

Transparencia y veracidad

El documento también establece las obligaciones en materia de anticipos, enganches, bonificación y el uso de las marcas de Infonavit, Fovissste u otros organismos públicos de vivienda. Esta disposición –subrayó el instituto– será fundamental para evitar que terceros no autorizados lucren a costa de los derechohabientes de dichas instituciones.

La NOM-247 establece que los proveedores están obligados a informar y respetar los precios, tarifas, garantías, seguros, intereses, términos, formas de pago, plazos y demás condiciones aplicables en la comercialización, sobre todo aquellos que se ofreció para la entrega del inmueble.

En materia de publicidad, el documento señala que se debe privilegiar en todo momento la transparencia mediante información veraz, comprobable, clara y exenta de elementos que induzcan al error o confusión al consumidor por engañosa o abusiva, conforme a lo señalado en la Ley Federal de Protección al Consumidor.