La CNDH, sin facultades para revocar una elección sindical
Viernes 21 de enero de 2022, p. 8
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) rechazaron la recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) respecto del supuesto daño ocasionado por el registro de cambio de directiva del Sindicato Único de Trabajadores de Notimex (SutNotimex) por considerar que la recomendación es contraria a la ley y violatoria del derecho a huelga
.
En un comunicado, la STPS dio a conocer que hizo del conocimiento al organismo la no aceptación de la recomendación 142/2021
, que recibió el pasado 20 de diciembre, al considerar que “ésta es inatendible porque la CNDH carece de facultades para revocar una elección producto de la voluntad de los miembros de un sindicato.
No tiene facultades para modificar el estado de huelga, la cual ha sido calificada de legalmente existente por la autoridad jurisdiccional sin que esta resolución haya sido revocada por la vía del amparo.
En diciembre de 2021, la CNDH explicó que emitió la recomendación debido a que los servidores públicos de la STPS “dieron legitimidad a la representación legal del SutNotimex –que encabeza Adriana Urrea Torres–, sin evaluar la legitimidad del proceso”.