La SCJN avaló la suspensión contra el Panaut que fue promovida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones
Jueves 21 de octubre de 2021, p. 14
La acción de inconstitucionalidad presentada por senadores de oposición contra la Ley de Hidrocarburos será admitida a trámite por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), luego de que los ministros de su segunda sala revisaron el caso.
El máximo tribunal también ratificó la suspensión en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), otorgada a favor del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
En el primer caso, la Segunda Sala de la SCJN aceptó el recurso de reclamación promovido por los senadores en contra del desechamiento de la acción de inconstitucionalidad que promovieron desde junio pasado.
En esa ocasión, se argumentó que los senadores no entregaron las firmas necesarias para sustentar su demanda, pero los legisladores insistieron en que sí cumplieron con el requisito, y por ello pidieron la revisión.
En votación dividida, de tres votos contra dos, los ministros de la Segunda Sala rechazaron el proyecto que proponía declarar infundada la queja de los senadores, y ordenó volver a turnar el asunto al ministro Javier Laynez Potisek, quien deberá hacer otro proyecto en el sentido de la mayoría, es decir, declarar fundada la reclamación de los legisladores y dar trámite a su acción de inconstitucionalidad.
El segundo caso fue el desechamiento de recurso de reclamación del Poder Ejecutivo Federal en contra de la suspensión que le permite al IFT no comenzar a implementar el Panaut, pues alega que no le han asignado presupuesto para ello.
El IFT argumenta que la inversión inicial para el Panaut requeriría de 109 millones 864 mil pesos, más otros 88 millones 584 mil pesos para su operación anual.
De esta manera, el IFT no estará obligado a gastar en el desarrollo del Panaut hasta que la SCJN resuelva el fondo de la controversia constitucional.
Este tema es independiente de los cientos de amparos promovidos por particulares en contra del Panaut, así como de otra controversia promovida por el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), a quien la SCJN negó la suspensión.