Jueves 15 de julio de 2021, p. 18
Grupo Aeroméxico obtuvo un amparo del primer tribunal colegiado de circuito en materia administrativa en la Ciudad de México contra las tarifas de almacenamiento de turbosina vigentes a partir de enero de 2019.
El fallo ordena a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) devolver a la aerolínea los pagos por almacenamiento a Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) desde ese año a la fecha, cuyo monto, trascendió, se estima en 300 millones de pesos, debido a que nunca se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la resolución RES/1705/2018, donde se aprobó la lista de tarifas máximas iniciales aplicables a la prestación del servicio de almacenamiento de combustibles para aeronaves.
Al analizar las violaciones en que incurrieron las autoridades a las garantías jurídicas, los magistrados argumentaron que la resolución de la CRE, al no haber sido publicada en el DOF, transgredió lo dispuesto en la ley y se pone en evidencia la ilegalidad
del cobro de las tarifas de almacenamiento, pues al no haber sido publicada en ese medio oficial del gobierno federal, la misma carece de eficacia legal, por lo que ASA no tendría por qué estar cobrando a Grupo Aeroméxico dicho concepto.
El amparo en revisión señala que en agosto de 2018, ASA publicó en el DOF sólo la tabla con las tarifas, pero no la resolución completa de la CRE, donde diera a conocer cuál fue la metodología que siguió para establecer las nuevas tarifas máximas iniciales aplicables a la prestación del servicio.
Los efectos del amparo deben tener como finalidad aplicar las tarifas vigentes con anterioridad al acto reclamado, es decir las vigentes hasta 2018.