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Impide el Congreso el uso clientelar de comedores sociales
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▲ La Ley de Comedores Sociales capitalina asegura su funcionamiento en escenarios de emergencia, como la actual pandemia de Covid-19, o desastres, como el sismo de 2017.Foto Cristina Rodríguez
 
Periódico La Jornada
Miércoles 21 de abril de 2021, p. 29

Para prevenir el uso clientelar y electoral de los comedores comunitarios y populares, así como asegurar que cumplan su función de proveer una alimentación digna, nutritiva y de calidad a personas en pobreza y pobreza extrema, el Congreso capitalino aprobó reformas a la ley en la materia que impide a personas que ocupan cargos o comisiones en el servicio público y en partidos políticos formar parte de los órganos que los administran.

Las modificaciones a la Ley de Comedores Sociales aseguran, además, su operación en escenarios de emergencia o desastres como la actual pandemia de Covid-19 o el sismo de 2017, situaciones en las que las autoridades responsables, la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social y el Sistema para el Desarrollo Integral de las Familias (DIF) deberán reforzar el servicio a fin de garantizar la seguridad alimentaria de las personas que por dicha adversidad estén en condiciones de carencia alimentaria.

En esos casos, prevé la instalación de comedores emergentes como mecanismo de atención a población potencial o flotante en espacios públicos como hospitales públicos, albergues o refugios temporales.

El dictamen que presentó al pleno la presidenta de la Comisión de Inclusión, Bienestar Social y Exigibilidad de Derechos Sociales, Marisela Zúñiga Cerón, de Morena, prevé que en caso de baja definitiva de un comedor, por alguna de las causales previstas en la ley, se deberá incorporar uno nuevo dentro de la misma unidad territorial donde se localizaba el que dejó de funcionar.

Algunas causales de baja definitiva incorporados a la ley son realizar proselitismo en favor de algún partido o candidato, colocar mensajes partidistas o usar los colores distintivos de algún instituto político; el cobro de una cuota superior a la establecida en la norma; acumular cinco apercibimientos y una suspensión; no entregar los informes a que están obligados, como el destino de los recursos que se le hayan otorgado, y no atender a la población en los días y horarios establecidos entre otros.

Estarán obligados a cuidar que las raciones que proporcionen sean sanas, nutritivas y balanceadas y confiere facultades a la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social y al DIF para promover la celebración de convenios con autoridades educativas para instalar comedores públicos en centros educativos ubicados en zonas con alto índice de marginación.