Dos de los mayores desastres en la historia de la industria petrolera mundial ocurrieron en el Golfo de México. En 1979, el derrame del pozo Ixtoc I de Pemex en la sonda de Campeche vertió al mar millones de barriles de petróleo. Tres décadas después, la plataforma Deepwater Horizon de la empresa británica BP colapsó generando nuevamente una catástrofe ambiental y económica de enormes proporciones.
Los impactos negativos del sector hidrocarburos en el Golfo de México tienen consecuencias diversas en distintos ámbitos de la vida humana y del ecosistema, provocando afectaciones en el ejercicio de los derechos humanos. Cada grupo enfrenta sus efectos dependiendo de sus capacidades, las cuales están condicionadas por la desigualdad estructural que existe en la región.
Es innegable la importancia de la industria petrolera en la economía local y su decisiva aportación al desarrollo del país. Su fortalecimiento se ha logrado con la participación de diversos agentes de la sociedad y significa el sustento de miles de familias.
Aunque parecieran incompatibles, la industria del petróleo y otras actividades económicas han coexistido a lo largo de décadas, no sin fuertes tensiones. Éstas derivan de distintos aspectos, como la fragilidad del entorno natural, fuente esencial para la vida y la construcción de identidad y cultura; la multiplicidad de agentes sociales que interactúan en el espacio compartido; la desigualdad en el acceso a recursos naturales, servicios y productos industrializados, al conocimiento científico y tecnológico; la desigualdad en la distribución del poder y en el acceso a las instituciones, al financiamiento y a redes regionales, nacionales e internacionales; la violencia, entre otros.
Para enfrentar con éxito los desafíos de compartir el Golfo de México, es fundamental el papel de las instituciones y la definición de las responsabilidades y obligaciones de las empresas privadas y públicas. La Constitución y su bloque de derechos fundamentales conforman un marco necesario para la construcción de soluciones democráticas a los complejos problemas que plantea la realidad que se vive en la región.
El derecho a un medio ambiente sano e incluso el reconocimiento de la Naturaleza como sujeto de derecho -como lo hacen las constituciones de Ecuador y Bolivia-, debiera ser el eje de referencia para regular las interacciones en el espacio compartido. Como ya lo han expresado múltiples tribunales, existe una relación estrecha entre el medio ambiente y el goce de otros derechos fundamentales. En palabras de John H. Knox los derechos humanos se basan en el respeto de atributos humanos fundamentales como la dignidad, la igualdad y la libertad. La realización de esos atributos depende de un medio ambiente que les permita florecer.
Aunque la falta de garantía de los derechos humanos no se traduce inmediatamente en una violación activa, en ocasiones ésta se materializa mediante omisiones estatales que generan contextos en los que los derechos son vulnerados por otros actores. Al respecto, la reforma energética aprobada en 2013 y 2014 incluyó algunos instrumentos novedosos en el sector hidrocarburos:
- Estudios de impacto social que elabora el Estado, previo a una licitación o al otorgamiento de una asignación;
- Evaluaciones de impacto social, que elaboran las empresas y que debe incluir un plan de gestión social;
- Procesos de consulta previa, libre e informada cuando la actividad es susceptible de afectar a pueblos y comunidades indígenas, y
- El pago de un porcentaje de los ingresos obtenidos por la extracción de hidrocarburos, a las personas con las que las empresas hayan firmado un contrato de ocupación superficial.
Aunque estos instrumentos apuntan en la dirección correcta, han resultado insuficientes en la búsqueda de equilibrio entre el desarrollo económico, el bienestar de las comunidades locales y la conservación de los recursos naturales en el Golfo de México.
Ante la anunciada revisión de la reforma energética, es necesario plantear algunos temas: La necesidad de un solo instrumento de evaluación de impactos socio-ambientales, que cuente con mecanismos de transparencia, participación y monitoreo permanentes, y que involucre a las autoridades locales; promover la gestión democrática del espacio compartido, considerando las desigualdades existentes; y garantizar la participación de autoridades locales, agentes sociales y pueblos costeros e indígenas en la planeación del sector hidrocarburos, ponderando en igualdad de condiciones aspectos sociales y ambientales.
Es probable que exista la tentación de aprovechar el proceso legislativo para debilitar los instrumentos antes mencionados, pues establecen límites a la actividad petrolera y reconocen y protegen derechos frente a intereses económicos y agendas políticas. Los principios rectores en materia de derechos humanos y empresas deberán ser guía, no solo para regular la actividad de las empresas privadas, sino con especial énfasis en las empresas públicas. •