eis relatores de procedimientos especiales de derechos humanos enviaron al Estado mexicano, a través de la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, un documento en que expresaron graves preocupaciones
en torno al Tren Maya en temas de territorios, desalojo y derechos a la salud; el efecto negativo en el derecho de los pueblos indígenas a sus tierras tradicionales, consulta sin estándares internacionales, estudios de impacto ambiental irregulares y por posible hostigamiento, criminalización, difamación contra personas defensoras de derechos humanos, así como la posible militarización de la zona (21 de septiembre. Comunicación Al Mex 11/2020).
La misión permanente de México en la oficina de Naciones Unidas y otros organismos internacionales con sede en Ginebra remitió el 20 de noviembre de 2020 la respuesta de México (OGEO4560). En ella reitera posturas como la defensa del proceso de consulta y su innovación consistente en que seguirán consultas específicas, así como las comisiones de seguimiento acordadas cuando se aprobó el tren. A la vez reafirma asuntos controvertidos, como los fideicomisos y, a partir de las facultades del Estado en materia de expropiación por causa de utilidad pública, ahora reconoce que en el caso de los desalojos se buscará negociación, pero de no resultar se impone la indemnización. Quedaron fuera de consideración las vías jurídicas en curso promovidas por organizaciones indígenas tanto en el ámbito nacional como su búsqueda inicial en el interamericano, que no opera con la celeridad que se requiere. Sus grandes omisiones son las relativas a los pueblos indígenas, a la civilización maya y los llamados vestigios arqueológicos, a la afectación que han sufrido con otros megaproyectos y a su concepto mismo del llamado progreso.
De entrada, el Estado mexicano ofrece una definición: El Tren Maya es un proyecto para mejorar la calidad de vida de las personas, cuidar el ambiente y detonar el desarrollo sustentable
; luego enuncia sus objetivos, sin destacar el turismo. También introduce, sin definir, que ahora serán comunidades sustentables
lo que antes eran polos de desarrollo y aclaran que no informan su ubicación para evitar la especulación.
En el apartado de tierras señalaron que la legislación vigente establece que las vías generales de comunicación son bienes nacionales y las vías férreas, las estaciones, los patios de maniobra, los centros de control de tráfico y el derecho de vía, son parte de la vía general de comunicación ferroviaria. Los bienes nacionales no serán parte de un fideicomiso puesto que pertenecen a la nación, de no ser suficientes, se ha considerado la constitución de fideicomisos a los que se aportarán las tierras según su régimen (federal, estatal, municipal, privado o ejidal). Si en alguno de estos casos se determina que es necesario incorporar tierras de uso común pertenecientes a un ejido, su participación se efectuará de conformidad con la Ley Agraria, que permite la asociación en participación por 30 años con posibilidad de renovación.
Esta vía permitirá que no en todos los casos se trate de los denominados fideicomisos de infraestructura y bienes raíces (Fibra). Y sostienen que bajo ninguna modalidad se prevé que las tierras ejidales de uso común se conviertan en propiedad privada.
En lo relativo a la preocupación de los relatores por la participación militar en territorios indígenas para la construcción de los tramos 6 y 7 del Proyecto Tren Maya, respondieron que tiene fundamento en la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. Para mayor sustento, el pasado 11 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación la adición de una fracción al artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, relativo a las funciones de la Secretaría de la Defensa Nacional: Prestar los servicios auxiliares que requieran el Ejército y la Fuerza Aérea, así como los servicios civiles que a dichas fuerzas señale el Ejecutivo federal
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La respuesta tiene impacto político-diplomático, el esfuerzo de los relatores sólo alcanzaría para realizar un seguimiento a su contenido; estos procedimientos no tienen carácter vinculatorio. Se pactó el acompañamiento al gobierno de la oficina en México de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos que ojalá mantenga la prioridad, como hasta ahora, en los derechos de los pueblos.
Es un hecho que el llamado Tren Maya continuará hasta donde alcance al actual sexenio. El desafío que queda a las comunidades es continuar la tarea de información sobre el impacto del megaproyecto y realizar el seguimiento y denuncia de las situaciones de despojo de tierras en los ejidos. Estamos ante un caso de sometimiento del derecho por el uso desproporcionado de la fuerza política del Estado.