Economía
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No puede SAT intervenir en pago de adeudo de Interjet con trabajadores
 
Periódico La Jornada
Jueves 7 de enero de 2021, p. 22

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) no tiene injerencia alguna en el pago de Interjet a sus trabajadores, y en caso de que la aerolínea tenga algún adeudo laboral o de otra índole, éste es de su entera responsabilidad, zanjó el organismo en una carta abierta a los empleados de la empresa.

Señaló que como administración tributaria privilegia el acercamiento y asesoría fiscal, y a Interjet le ha dado espacios y condiciones necesarias para regularizar su situación. Sin embargo, como autoridad debe actuar en todo momento conforme al principio de legalidad y no puede aceptar condicionamientos o el pago a través de mecanismos que hoy en día no están previstos en la ley, expuso.

La carta responde a las versiones que –ante la omisión de la aerolínea para responder a sus trabajadores– responsabilizan al SAT por la falta de liquidez para pagar sueldos. Se ha indicado que no hay dinero por los embargos, la intervención de caja y porque no se ha permitido a una tercera empresa asumir su deuda fiscal pagando con insumos médicos.

El SAT refutó estas versiones. Explicó que el embargo precautorio sobre el patrimonio de la empresa y de sus accionistas –derivado de una deuda de más de 2 mil 90 millones de pesos que arrastra desde 2013– es una medida preventiva para que los bienes no se oculten o vendan, lo que no quiere decir que pasan a propiedad del SAT ni limitan la operación de la aerolínea.

En cuanto a la intervención de caja hasta por 10 por ciento de los ingresos, la autoridad explicó que se retienen siempre y cuando se hayan cubierto los gastos prioritarios, encontrándose en primer lugar la nómina de las y los trabajadores, reiteró. Por ende, el mecanismo no impide el pago a los empleados ni privilegia el pago al SAT, sino por el contrario.

La autoridad también explicó que no se acepta que Interjet pague su adeudo con insumos médicos debido a que la ley no lo permite desde 2016. Sin embargo, sí puede buscar a un tercero solidario que cubra el adeudo fiscal conforme a las disposiciones vigentes. Si ese tercero no tiene liquidez, pero cuenta con bienes de los que puede disponer legalmente, nada impide que los venda y utilice el monto obtenido para hacer frente a su responsabilidad solidaria, añadió el organismo.

Por último, recalcó que los cambios de accionistas, anunciados por la empresa en diciembre pasado, cuando publicó que la familia Alemán –fundadora de la aerolínea– quedaría en puestos honorarios, y en su lugar la dirección estaría a cargo de Alejandro del Valle, no han sido formalizados en el Registro Público de la Propiedad.