Respalda la prohibición
Lunes 30 de noviembre de 2020, p. 14
Las estrategias legales que han implementado en los últimos años las empresas de outsourcing han provocado que muy pocas demandas de trabajadores lleguen a las juntas de conciliación federal o locales, y en menor número aún a tribunales federales, explicó Héctor Arturo Mercado López, magistrado de circuito en materia de trabajo.
Recordó que el proyecto de reforma presentado por el Ejecutivo federal busca prohibir el outsourcing como forma de suministro de personal, es decir, que una empresa proporcione la mayoría de los trabajadores a otra, pero que la primera sea la que aparezca como patrón.
Esa circunstancia ha provocado que haya pocos juicios en tribunales, porque cuando una empresa que recibe los servicios de un trabajador contratado así no le gusta el trabajador, o éste protesta y quiere organizar un sindicato, simplemente lo regresa a la empresa que aparece como patrón, la cual de inmediato lo coloca en otra, con lo que logra que no demande
, señaló en entrevista.
Las distintas subcontratistas han trabajado coordinadamente porque saben que de no hacerlo generalmente perderán el juicio y habría pronunciamiento de criterios que les complicaría su situación
, agregó tras detallar que debido a sus estrategias legales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación no ha tenido la oportunidad de pronunciarse y emitir jurisprudencias.
Dicho mecanismo, subrayó, ha generado una sobrexplotación brutal
de millones de personas bajo un esquema que ha impedido la generación de sindicatos y les ha permitido eludir el reparto de utilidades para sus empleados.
Además, la empresa que aparece como el supuesto real patrón los inscribe ante el Instituto Mexicano del Seguro Social con salarios menores a los que tienen en donde trabajan, con lo cual el trabajador se da cuenta de que sus cotizaciones son bajas y no recibirán las prestaciones que esperaban
.
Este tipo de contratación también permite a los empresarios evadir impuestos, porque al no reconocer la existencia de su relación laboral, ellos no declaran los pagos.
Como parte de los pocos casos que han llegado, el magistrado de circuito del decimosexto tribunal colegiado en materia de trabajo del primer circuito detalló que los trabajadores y sus defensores legales han referido la posible existencia de listas negras entre las outsourceras, ya que si una persona demanda legalmente, el resto de los corporativos de este tipo les cierran las puertas.
Héctor Arturo Mercado López respaldó la prohibición de la figura de outsourcing avalada por la reforma laboral de 2012, aunque apuntó que la subcontratación de un servicio específico dentro de otra industria sí es legal y no así que una empresa suministre trabajadores a otra.