Martes 27 de octubre de 2020, p. 24
El juzgado segundo de distrito en materia administrativa especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones otorgó un amparo a las empresas Desarrollos Eólicos Mexicanos de Oaxaca uno y dos, que frena por el momento el acuerdo por el cual el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) ordenó suspender la puesta en marcha de nuevas plantas de energía renovable en el sistema eléctrico nacional.
El gobierno federal puede impugnar la resolución judicial para que pase a manos de un tribunal colegiado, el cual decidirá si ratifica o revoca la decisión.
Sentencia con efectos generales
En el fallo, Juan Pablo Gómez Fierro, titular de dicho juzgado, señaló que si bien el amparo es para dos empresas, la sentencia tiene efectos generales
, es decir, beneficia a todas las centrales solares y eólicas.
Argumentó que la sentencia debe tener causas generales, ya que de otorgar la protección constitucional con efectos concretos para las empresas quejosas, se les estaría otorgando una ventaja competitiva frente a los demás participantes del mercado eléctrico mayorista, lo que podría ocasionar distorsiones en dicho mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector.
Asimismo, el impartidor de justicia dio un plazo de tres días, contado a partir del día siguiente que cause ejecutoria el fallo, para que acredite que hizo del conocimiento de todos los participantes del mercado eléctrico mayorista que el acuerdo reclamado ha quedado sin efectos. Para ello el Cenace, en el ámbito de su competencia y en ejercicio de sus facultades, deberá publicar en su página de Internet la información antes mencionada para que la sentencia cobre plenos efectos.