Opinión
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Personas y organizaciones defensoras
I

ncontables personas y organizaciones defensoras de derechos humanos tienen un papel fundamental en nuestro país, pues contribuyen de manera esencial al fortalecimiento de la democracia y al respeto de los derechos de personas y comunidades. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha considerado que complementan no sólo el rol de los estados, sino del mismo Sistema Interamericano de Derechos Humanos en su conjunto.

Ahora bien, es cierto que debemos reconocer la diversidad en lo que respecta a personas y organizaciones. Y lamentablemente existen algunos espacios que promueven intereses particulares y buscan mantener las cosas como están. No obstante, existen muchas otras organizaciones que contribuyen a la construcción de un México en paz, con justicia y dignidad, y que lo hacen desde una opción o posición fundamental que transversaliza su ser y quehacer: la transformación de las estructuras y del mundo del trabajo por las personas más pobres.

Debido a ello, asumen perspectivas de derechos humanos críticas, alternativas, progresistas y contrahegemónicas. Desde esta opción, acompañan movimientos, organizaciones sociales y colectivos integrados por quienes históricamente se encuentran en alguna situación de vulnerabilidad y opresión, víctimas de tratos inequitativos y desiguales. Esto provoca su sometimiento, discriminación, marginación y exclusión. Entre estos grupos están niñas, jóvenes y mujeres, así como personas migrantes y refugiadas, la comunidad LGBTTTIQA+, y los pueblos y comunidades indígenas. Desde esta opción fundamental caminan de la mano con víctimas y sobrevivientes de violaciones a derechos humanos en sus procesos de exigencia de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. Impulsan del mismo modo agendas, como la participación ciudadana, la libre determinación, el cuidado del medio ambiente y de todas las formas de vida, la soberanía alimentaria, la libertad de expresión, el acceso a la justicia, la igualdad de género y la no discriminación.

Generan espacios de formación política, de diálogo y pensamiento crítico entre juventudes, constituyéndose así como semilleros de generaciones que impulsan cambios sociales trascendentales. Asimismo, desde esta opción, fungen como nodos para articular y generar interlocuciones fecundas con y entre diversos actores sociales. Por ejemplo, con víctimas, movimientos sociales más amplios, colectivos, organismos internacionales, academia, autoridades en todos su ámbitos y niveles e incluso con la iniciativa privada. Defienden también su derecho a defender derechos humanos, cuidando su autonomía frente a cualquier intento de cooptación o desviación de su misión.

En este sentido, la Declaración de los Defensores de Derechos Humanos de la ONU reafirma los derechos indispensables para que las personas y las organizaciones gocen y ejerzan plenamente su derecho a defenderlos. Entre ellos la libertad de pensamiento, de opinión y de expresión, así como el derecho a presentar propuestas y a acompañar procesos de defensa. Su derecho, además, a ejercer legítimamente su labor como defensoras y a recibir solidariamente recursos financieros, incluso del extranjero, que contribuyan a su sostenimiento, guardando siempre su capacidad de tomar libremente sus propias decisiones.

Por tanto, todas las autoridades están obligadas a asumir una política de Estado que respete, proteja, promueva y garantice su derecho a defender los derechos humanos, así como a prevenir, investigar, sancionar y reparar cualquier violación a los derechos de las personas y organizaciones defensoras. En este sentido, la CIDH considera que un Estado tiene la obligación de adoptar todas las medidas necesarias y razonables para garantizar el derecho a la vida, la libertad personal y la integridad de aque-llas personas y organizaciones que defienden derechos humanos, como lo ha establecido en el Caso Valle Jaramillo y otros contra Colombia. Por su parte la Resolución AG/RES. 1671 (XXIX-O/99), de la Organización de Estados Americanos, exhorta a los estados parte a proveer respaldo a la tarea que desarrollan quienes defienden los derechos humanos, y a reconocer su invaluable contribución para su respeto, promoción, protección y garantía (https://cutt.ly/ffTjmFB). Por ello, es fundamental que las autoridades de nuestro país se abstengan de imponer obstáculos que dificulten la importante labor social de las personas y organizaciones defensoras de derechos humanos, y más bien faciliten los medios necesarios para que libremente realicen sus actividades. Y, por el contrario, que las proteja cuando sean objeto de amenazas, para evitar atentados contra su vida e integridad. Y esto, másallá del mecanismo existente para la protección de periodistas y personas defensorasde derechos humanos, mediante la generación de las condiciones efectivas para la erradicación de violaciones por parte de agentes estatales o de particulares.