Jueves 3 de septiembre de 2020, p. 13
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó amparo a una mujer para que pueda obtener pensión alimenticia del hombre con quien convivió en concubinato, pese a que éste ya estaba casado.
La quejosa impugnó el artículo 65 del Código Civil de Morelos, que definía el concubinato como una relación entre un hombre y una mujer ambos libres de matrimonio
, lo cual le impedía demandar el apoyo económico que necesitaba.
En su decisión, la SCJN se basó en antecedentes sobre casos registrados en otras entidades donde ya se ha reconocido la posibilidad de que en una relación de matrimonio se establezca, a su vez, una relación extramarital, que bien puede concluir en la configuración de un concubinato, por lo que los derechos reconocidos a partir de una y/u otra figura no debe implicar un trato distinto
.
Este es el primer amparo que la SCJN otorga contra la norma civil vigente en Morelos, por lo que la decisión no causará jurisprudencia hasta que se emitan, cuando menos, otras cuatro sentencias similares y consecutivas en el mismo sentido.