Resolución del TEPJF
Serán incluidos en el ejercicio los militantes y simpatizantes del partido // Después de notificado, el INE tendrá 45 días para efectuarla
Viernes 21 de agosto de 2020, p. 12
La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó ayer que sea el Instituto Nacional Electoral (INE) el que realice la encuesta para elegir a la presidencia y la secretaría general de Morena, luego de aclarar que ésta se aplicará a militantes y a quienes se asuman como simpatizantes del partido.
En sesión privada, los magistrados rechazaron por seis votos a favor y uno en contra la petición del presidente interino de Morena, Alfonso Ramírez Cuéllar, de prorrogar el plazo para renovar la dirigencia a 90 días después de concluida la elección federal de 2021.
Consideraron que ello implicaría dar casi un año para que se cumpla la sentencia del tribunal, que ordenó realizar el sondeo. Explicó que dicho ejercicio se puede llevar a cabo en el contexto de la emergencia sanitaria con las medidas de cuidado a la salud indispensables y sin que se tengan que celebrar asambleas.
Recordaron que sí es posible efectuar la encuesta aun en medio de la pandemia, pues incluso el INE acordó realizar los comicios locales en Hidalgo y Coahuila el 18 de octubre, tomando las medidas sanitarias necesarias.
Luego de señalar que esta fuerza política no ha cumplido resoluciones anteriores sobre la renovación de la dirigencia, la sala superior del TEPJF explicó que el instituto electoral tendrá un plazo de 45 días luego de ser notificado para realizar el sondeo con el método y las condiciones que determine. La fuerza política deberá cubrir los gastos que se generen.
Dijo entender como encuesta abierta aquella que se realice entre la ciudadanía, respecto de personas que se autoadscriben como militantes y simpatizantes
del partido, dado que éste ha provocado falta de certeza y confiabilidad en un padrón diverso al previamente validado por el INE.
Candidatos
Expuso que en la elección de la presidencia y la secretaría general podrá participar como candidato cualquier militante que cumpla con los requisitos estatutarios, salvo el de ser consejero nacional.
Resaltó que con esta resolución se privilegia el orden público y el interés social que reviste el cumplimiento de las sentencias y el derecho de la militancia a la renovación periódica de sus órganos de dirección.
Los magistrados dejaron sin efecto todas las disposiciones emitidas por el partido relacionadas con la elección que sean contrarios a la sentencia.
Desde hace más de ocho meses, Morena ha tratado de renovar su dirigencia sin éxito debido a la emergencia sanitaria por el Covid-19 y los conflictos internos.