Viernes 26 de junio de 2020, p. 31
Con la finalidad de apoyar la reactivación económica en la Ciudad de México, las autoridades capitalinas condonarán, de manera total o parcial, el pago de una serie de derechos a concesionarios o permisionarios de transporte público en sus diversas modalidades.
Los servicios en los que se aplicará dicha condonación son: transporte público de pasajeros colectivo en corredores; taxis; transporte de carga público mercantil y privado, de pasajeros mercantil y privado, y de pasajeros en ruta.
La disposición, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en lo que respecta al transporte público de pasajeros colectivo en corredores, establece que se condonará 100 por ciento del pago de los adeudos del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, así como sus accesorios, a los concesionarios que los adeuden de los ejercicios fiscales 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019.
Dichos beneficios aplicarán siempre y cuando los contribuyentes acrediten haber realizado el pago del mencionado impuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2020.
También se condona 50 por ciento del pago del derecho correspondiente al ejercicio fiscal 2020 a los concesionarios del servicio de transporte público de pasajeros colectivo, en su modalidad de corredores, por concepto de altas vehiculares.
Respecto del servicio de taxi, se condona 50 por ciento del pago de los derechos de revista vehicular correspondientes al ejercicio fiscal 2020.
En cuanto a concesionarios o permisionarios que prestan el servicio de transporte de carga público mercantil y privado, y de pasajeros mercantil y privado, se condona parcialmente el pago de derechos de revista vehicular correspondientes al ejercicio 2020, a fin de que únicamente se paguen mil 189 pesos.
Al servicio de transporte de pasajeros público colectivo (ruta), únicamente para el ejercicio fiscal 2020, se condona 80 por ciento del pago del derecho por la prórroga de la concesión del servicio de transporte de pasajeros público colectivo.
Asimismo, se condona 50 por ciento el pago de los derechos por la reposición de cada una de las placas; por la reposición de calcomanía; por la sustitución de vehículos del servicio público de transporte, incluyendo la expedición de la tarjeta de circulación,; y por el trámite de baja de vehículo. También se condona 75 por ciento del pago por la autorización de cesión o transmisión de los derechos y obligaciones de una concesión.