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Fallecidos por Covid-19 no tendrán necropsia ni traslados foráneos

Anuncia la secretaria de Gobierno las disposiciones en caso de decesos en casas, hospitales y en la calle

 
Periódico La Jornada
Sábado 18 de abril de 2020, p. 29

A las personas que fallezcan por Covid-19 en la capital del país no se les realizarán necropsias ni trasladará fuera de la zona conurbada del Valle de México, mucho menos al extranjero; además, se recomienda que tampoco haya velorios debido a que el virus permanece en el cuerpo aún después de la muerte, afirmó la secretaria de Gobierno, Rosa Icela Rodríguez.

En caso de que los familiares decidan realizar una ceremonia a sus difuntos a estas reuniones no deberán asistir más de 20 personas.

En videoconferencia, junto con el consejero Jurídico y de Servicios Legales, Néstor Vargas Solano, la funcionaria presentó el protocolo de actuación interinstitucional para el manejo de quienes mueren por sospecha o confirmación de esta enfermedad en tres escenarios: domicilio, hospital y vía pública, con el fin de prevenir el contagio y la propagación del virus.

Desde el Antiguo Palacio del Ayuntamiento, dijo que el gobierno capitalino está preparado para enfrentar este momento difícil, por lo que cuenta con los lugares para realizar las inhumaciones o cremaciones necesarias, cuyos servicios serán gratuitos para las familias que así lo requieran.

Informó que se facilitarán los trámites jurídicos y en los casos que el certificado médico de defunción establezca que la causa de muerte fue Covid-19-, se deberán tomar medidas extremas para el momento de manipular los cuerpos, mismos que serán entregados en bolsas especiales a los servicios funerarios y que deberán permanecer cerradas y selladas todo el tiempo.

A su vez, Vargas Solano explicó que en caso de fallecimiento en domicilio se podrá avisar a la policía, a Locatel o al 911, que se harán cargo de informar de los trámites correspondientes, y si se confirma la muerte por Covid-19, la Secretaría de Salud sanitizará la vivienda y hará un seguimiento epidemiológico para identificar los contactos personales.

Cuando el deceso se registre en hospital se emitirá un certificado de defunción y se entregará el cuerpo a los familiares, y si es en la vía pública, se notificará a la policía o al 911 y se dará aviso al Ministerio Público, el cual se hará responsable de los servicios periciales mientras la Secretaría de Salud local expedirá el certificado de defunción.

En los casos donde no haya un familiar o una persona disponente del cadáver, intervendrá la Fiscalía General de Justicia en coordinación con el Instituto de Ciencias Forenses (Incifo) para el tratamiento médico legal.

También se tiene que avisar a la Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México para que aplique los protocolos correspondientes. Los fallecidos en calidad de desconocidos o para quienes no haya un reclamante o disponente, tendrán que ser inhumados, según lo establece la Ley de Búsqueda de Personas.