Viernes 28 de febrero de 2020, p. 12
La desaparición forzada de los luchadores sociales Aurora de la Paz Navarro y Carmelo Cortés fue un crimen de lesa humanidad
en el cual participó el Estado mexicano, señaló un tribunal colegiado, por lo que emitió una sentencia histórica que obliga a las autoridades a esclarecer el paradero de las víctimas y otorgar diversas medidas de reparación a sus hijos, al tiempo que puede servir de precedente básico en otros casos de represión de la guerra sucia.
Afirmaron lo anterior Catarino Cortés, hijo de ambos guerrilleros, y la asociación civil Idheas-Litigio Estratégico en Derechos Humanos; destacaron que el fallo significa la oportunidad de que un caso de desaparición forzada sea indagado y sancionado por la justicia mexicana, sin recurrir a organismos internacionales.
Como informó este diario (20 de febrero de 2020), el 30 de enero de este año, el octavo tribunal colegiado en materia penal del primer circuito concedió un amparo a Idheas y a la familia de los activistas, en el cual señaló la existencia de elementos suficientes para acreditar que fueron víctimas de desaparición forzada, lo que significó la comisión de un delito de lesa humanidad
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En entrevista con La Jornada, Catarino Cortés destacó que con este fallo, el Poder Judicial alude por primera vez a la responsabilidad de las autoridades por un crimen de esas características, admitiendo la existencia de la guerra sucia, en la cual se cometieron ataques sistemáticos contra opositores al gobierno.
“Reconocer que son delitos de lesa humanidad es muy importante, porque nos sirve no sólo a nosotros por el caso de mis padres, sino que quedará como precedente para otros casos. Viene a cambiar muchas cosas que antes no se mencionaban en el tema de la guerra sucia. El amparo obliga al Estado a decirnos el paradero de Aurora y Carmelo y a dar seguimiento puntual a su caso”, destacó.
Por su parte, Verónica Berber, abogada de Idheas, indicó que tras la emisión del fallo, las autoridades mexicanas tienen un periodo de 10 meses para cumplir sus términos, con evaluaciones bimestrales para revisar sus avances.
“La sentencia del tribunal colegiado ya no se puede apelar y es un parteaguas en las investigaciones de desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y torturas de la época de la guerra sucia, porque da los lineamientos básicos para una indagatoria eficaz. Antes se había reconocido la responsabilidad del Estado, como en el caso de Rosendo Radilla, pero no teníamos antecedentes de que se admitiera un crimen de lesa humanidad”, reiteró.