No se descarta un área de gestión hídrica y protección civil
Sábado 15 de febrero de 2020, p. 28
El Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva –que deberá elaborar el plan general de desarrollo y el programa de ordenamiento territorial– contará con al menos cuatro unidades administrativas, además de la oficina especializada para la consulta pública y participación social que se encuentra prevista en la Constitución Política de la Ciudad de México, encargada de garantizar la vinculación y articulación con los ciudadanos y su incidencia en todos los instrumentos y etapas del proceso.
El proyecto de dictamen de su ley orgánica –que se votará en comisiones del Congreso capitalino el próximo martes– plantea constituir un área encargada para la planeación estratégica, prospectiva y presupuestaria con la que se deberán formular y actualizar ambos instrumentos de planeación, el plan y el programa.
Otra unidad tendrá a su cargo formular y dar seguimiento a los dictámenes de actualización de usos de suelo, la alineación presupuestal del gasto con las acciones y estrategias del plan, así como verificar que exista congruencia entre los distintos instrumentos de planeación.
La tercera diseñará y operará el sistema de información y la difusión de los datos estadísticos y geográficos mientras la cuarta se ocupará de los mecanismos de supervisión y evaluación del sistema de planeación de desarrollo.
La presidenta de la Comisión de Administración Pública Local del Congreso, Guadalupe Chavira de la Rosa, no descartó incorporar un área para la gestión integral en materia hídrica y de protección civil que se propuso en la última reunión de asesores, en cuyo caso deberá evitarse que invada facultades o duplique funciones del Sistema de Aguas de la Ciudad de México y la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil.
La legisladora de Morena aseguró que no va a ser un instituto a modo del Ejecutivo
, como han reclamado algunas organizaciones al señalar que se pretende imponer desde el gobierno central al titular.
Si bien la ley no contiene el método para designar al director general del instituto, está previsto en la Constitución capitalina y la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo, donde se señala que corresponde al pleno del Congreso elegir de una terna que propondrá un comité de selección.
Propuesta central
Para este proceso habrá cinco personas elegidas también por el Congreso de una lista de 10 nombres que remitirá la jefa de Gobierno, integrada a partir de una convocatoria hecha a universidades públicas y privadas, colegios de profesionistas, institutos de investigación y a la sociedad civil.
Los requisitos para ocupar dicho cargo y que se establecen en la ley orgánica reproduce a su vez los que señala la referida ley del sistema, entre estos, tener cuando menos 35 años cumplidos al momento de la designación, contar con título profesional con antigüedad mínima de cinco años en disciplinas relacionadas con las áreas físico-matemáticas e ingenierías, ciencias sociales, ambientales y humanidades; experiencia probada en el sector público, no haber sido candidato ni haber desempeñado ningún cargo de elección popular, así como de dirección nacional o estatal de partidos políticos en los pasados cuatro años.
Chavira indicó que el proyecto de dictamen se discutirá el martes durante la sesión de comisiones unidas del órgano de dictaminación que dirige, junto con el de Planeación del Desarrollo presidido por el panista Federico Doring.