Ex gobernador de Veracruz
Los padres de Karime Macías no comprobaron que se les haya aplicado el artículo 242 del Código Penal
Miércoles 5 de febrero de 2020, p. 12
Las cuentas bancarias de quienes fueron los suegros de Javier Duarte de Ochoa, ex gobernador de Veracruz, seguirán congeladas, luego de que el pleno de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró infundados los recursos de inconformidad que promovieron en contra de esta acción de la Fiscalía General de la República (FGR).
Por unanimidad, los ministros aprobaron el proyecto de resolución presentado por su colega Javier Laynez Potisek, donde se narró que Virginia Yazmín Tubilla y Jesús Antonio Macías, padres de Karime Macías Tubilla, ex esposa del ex mandatario de Veracruz, promovieron un primer amparo contra el aseguramiento de sus cuentas, operaciones y títulos de crédito de cualquier institución financiera, desde el 14 de octubre de 2016.
Este juicio fue declarado infundado debido a que los ex familiares de Duarte no comprobaron que efectivamente se les hubiera aplicado el artículo 242 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), además de que los quejosos nunca apelaron esta decisión judicial.
Dos años después, la SCJN declaró inconstitucional dicho artículo 242 del CNPP, al resolver las acciones de inconstitucionalidad 10/2014 y 11/2014, decisión que sentó jurisprudencia y tiene efectos generales.
Sobre esta base, los suegros de Duarte interpusieron otros dos amparos, pretendiendo acogerse a la jurisprudencia del máximo tribunal de justicia del país, sin embargo, ambos fueron desechados y por ello presentaron el recurso de inconformidad.
Al analizar el caso, los ministros señalaron que, para obtener la protección de la justicia federal, los quejosos debieron haber comprobado fehacientemente que se les había aplicado el 242 del CNPP, y apelar cuando el juzgado de distrito les negó el primer amparo, pero como no lo hicieron, el asunto quedó ya como cosa juzgada y no puede ser reabierto ni por la SCJN.