La SCJN declara inconstitucional el impedimento establecido en Guanajuato
Viernes 31 de enero de 2020, p. 35
Las personas con alguna discapacidad intelectual podrán contraer matrimonio en Guanajuato, como es posible en prácticamente todo el país, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición contenida en el Código Civil de esa entidad.
Por unanimidad, el pleno de ministros determinó que el impedimento violaba los derechos de igualdad y no discriminación consagrados en el artículo primero de la Constitución, además de las disposiciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, firmada por los países miembros de las Naciones Unidas, entre ellos México.
Con base en estos preceptos, la SCJN también invalidó el artículo 503, fracción II, del mismo código, que definía como personas con discapacidad natural y legal
a los mayores de edad con discapacidad intelectual, aun cuando tengan intervalos lúcidos
.
Sobre la misma base constitucional fue invalidado el artículo 153, fracción IX, que mencionaba la discapacidad intelectual como un impedimento para contraer matrimonio.
El Código Civil de Guanajuato fue reformado el 24 de septiembre de 2018, un día antes de que dejara el gobierno Miguel Márquez, del Partido Acción Nacional, para eliminar los términos peyorativos que contenía, entre ellos idiota, imbécil, incapaz
, y sustituirlos por discapacidad intelectual
, sin embargo, sólo se cambiaron las palabras y no las prohibiciones que limitaban sus derechos jurídicos.