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Para ellos se requieren medidas especiales

Reos con perfil criminal alto deben ubicarse en penales federales: CDH

El organismo inició una investigación de oficio por la evasión de tres internos del Reclusorio Sur

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▲ Policías capitalinos montaron un cerco dentro y fuera de las instalaciones del Reclusorio Sur, ubicado en Xochimilco, tras la fuga de tres internos.Foto Alfredo Domínguez
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▲ La Comisión de Derechos Humanos capitalina, que encabeza Nashieli Ramírez, inició una investigación de oficio por la fuga de tres internos del Reclusorio Sur.Foto María Luisa Severiano
 
Periódico La Jornada
Jueves 30 de enero de 2020, p. 28

La Comisión de Derechos Humanos (CDH) de la Ciudad de México inició una investigación de oficio por la fuga de tres internos del Reclusorio Sur –dos presuntos integrantes del cártel de Sinaloa–, y llamó a las autoridades judiciales federales a revisar la ubicación de los reos en centros penitenciarios capitalinos por motivos de delincuencia organizada.

Hoy se requiere una medida de seguridad especial, de manera que esos internos sean remitidos y reubicados en los penales de alta seguridad federal, como corresponde de acuerdo con la legislación aplicable, precisó el organismo presidido por Nashieli Ramírez.

Tras darse a conocer la fuga de Víctor Manuel Félix Beltrán, Luis Fernando Meza González y Yael Ozuna Navarro, personal de la CDH se trasladó hasta el centro penitenciario, ubicado en Xochimilco, en su carácter de observador.

El organismo precisó que se buscó supervisar que las condiciones de las personas privadas de la libertad no sufrieran mayores afectaciones a las necesarias para el desarrollo de la investigación, pues personal de la Fiscalía General de Justicia ingresó a recabar indicios mientras policías capitalinos realizaron recorridos en el exterior.

El organismo destacó que de acuerdo con los estándares internacionales de los derechos de las personas privadas de la libertad, la ubicación de éstas en los centros penitenciarios debe ser conforme al delito que se haya cometido.

En el artículo 5 de la Ley Nacional de Ejecución Penal se establece que las personas en prisión preventiva y en ejecución de sentencias por delincuencia organizada o sujeta a medidas especiales de seguridad se destinarán a espacios especiales.

Mientras en las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos se señala que los pertenecientes a categorías distintas deberán ser alojados en establecimientos distintos, así como en pabellones diferentes dentro de un mismo establecimiento, según su sexo y edad, sus antecedentes penales, los motivos de su detención y el trato que corresponda aplicarles, de acuerdo con dichas disposiciones conocidas como Reglas Nelson Mandela, puntualizó.