No hubo un genuino debate democrático, concluye
Viernes 17 de enero de 2020, p. 27
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó en su totalidad las leyes del Sistema Anticorrupción y Orgánica de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción de la Ciudad de México, debido a que la entonces Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) incurrió en varias violaciones al procedimiento parlamentario cuando las aprobó, en 2017.
Sin embargo, esta decisión de la Corte no incide en el nombramiento de los funcionarios anticorrupción, puesto que estos son actos jurídicos diferentes a los analizados por los ministros y no se puso a votación del pleno extender los efectos a todas las acciones tomadas con base en las leyes ahora invalidadas.
El proyecto de sentencia, presentado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, señaló que no hubo una adecuada convocatoria para la sesión extraordinaria en la que se aprobaron dichas normas.
Además, los dictámenes respectivos no fueron entregados con 48 horas de anticipación a los legisladores para su análisis, y se otorgó una dispensa de lectura que no fue motivada adecuadamente, violando así los procedimientos parlamentarios.
Adicionalmente, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá señaló que el artículo sexto transitorio de la ley anticorrupción fue publicado en la Gaceta Oficial capitalina con un texto distinto al que aprobó originalmente la ALDF.
La SCJN señaló que todas estas irregularidades demuestran que no se respetaron los derechos de las minorías parlamentarias, y añade que estas deficiencias son de tal envergadura que llevan a la inconstitucionalidad total de las leyes impugnadas al no ser fruto de un genuino debate democrático en el seno legislativo.
Por extensión, también se invalidaron las reformas al sistema anticorrupción capitalino aprobadas en abril del año pasado, pues se fundaban en actos legislativos viciados de origen.
Con la invalidación de las leyes que dan sustento al sistema anticorrupción capitalino, el ahora Congreso de la Ciudad de México tendrá que volver a legislar sobre el tema, cuidando de cumplir con todos los pasos del proceso parlamentario.
Este fallo de la SCJN se dio al resolver las acciones de inconstitucionalidad 121, 122, 123 y 135, todas de 2017, promovidas por separado por diversos legisladores locales y también por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.