Miércoles 7 de agosto de 2019, p. 12
Una tercera controversia constitucional promovida contra la Norma Oficial Mexicana (NOM) que define los procedimientos para permitir la interrupción legal del embarazo (ILE) a las víctimas de violación fue desechada este martes por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El recurso fue promovido por el Congreso de Baja California, el cual argumentó que para la aprobación de esta NOM no se cumplieron los requisitos que marca la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
En la víspera, el pleno de ministros desechó otras dos controversias similares con el argumento de que una NOM puede emitirse o reformarse cuando sea preciso para cumplir una ley, lo cual ocurrió con la norma impugnada en este caso, la cual tuvo que ser ajustada a lo que ordena la Ley General de Víctimas. Con base en estos antecedentes, la SCJN acordó repetir en sus términos las votaciones previas sobre el tema y desechar la propuesta de invalidar la NOM-046-SSA2-2005, por ocho votos contra tres.
Entre otros puntos, esta NOM dispone que las víctimas de violación pueden solicitar la ILE en cualquier hospital público sin necesidad de presentar una denuncia ante el Ministerio Público, los médicos deben atenderlas y creer en su palabra de buena fe, incluso si se trata de una persona de más de 12 años, quien puede tener acceso a este procedimiento sin pedir autorización a sus padres.
La NOM también señala que para aplicar el procedimiento los hospitales deben contar con personal médico sin objeción de conciencia.