Miércoles 7 de agosto de 2019, p. 8
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la suspensión de las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador, aunque resaltó que corresponderá al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) pronunciarse sobre la legalidad del modelo de comunicación utilizado por el jefe del Ejecutivo y si este implica una adquisición indebida de tiempos en televisión.
Un particular pidió a la comisión la cancelación de las ruedas de prensa por considerar que constituyen promoción personalizada, actos anticipados de campaña y rendición de informe de labores fuera del plazo previsto para ello.
Los consejeros integrantes de la comisión estimaron que no existe urgencia o peligro en la demora, que justifique el dictado de la medida cautelar solicitada, pues en la actualidad no se encuentra en desarrollo ningún proceso electoral local o federal que pudiera verse vulnerado por la realización y difusión de las mañaneras
.
La consejera Pamela San Martín recordó que la de ayer es la segunda ocasión en que la comisión aborda el tema de las mañaneras
y que ello debe llevar a la reflexión en torno al mecanismo de comunicación que utiliza el mandatario y el establecido en la legislación electoral.
Consideró una realidad la sobreexposición del Presidente y su permanente presencia en los medios de comunicación, por lo que debe valorarse si ello es constitucional. En el análisis que deberá hacerse se tendrá que reflexionar si esto puede afectar una contienda electoral futura.