Política
Ver día anteriorSábado 27 de julio de 2019Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Resuelve juzgado que el INM incumple orden de no detener a menores
 
Periódico La Jornada
Sábado 27 de julio de 2019, p. 6

Un juzgado de distrito resolvió que el Instituto Nacional de Migración (INM) incumplió la orden de no detener a niñas, niños y adolescentes en la estación de Las Agujas, cuyo director habría sido omiso en acatar los lineamientos ordenados en ese sentido por un tribunal colegiado.

En un comunicado, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Sin Fronteras IAP, la Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia y la Clínica Jurídica para Refugiados Alaíde Foppa señalaron que el 24 de julio el juzgado primero de distrito en materia administrativa en la Ciudad de México resolvió un incidente promovido por esos colectivos.

El juzgado concluyó que el INM había incumplido medidas de suspensión relacionadas con diversos puntos, como la debida identificación e individualización de menores detenidos; la debida información y canalización de casos a los consulados correspondientes y a las instalaciones del Sistema Nacional o Sistemas Estatales para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), y la adopción de medidas necesarias para supervisar y vigilar los derechos de niñas, niños y adolescentes en detención.

En particular, subrayó que el director de la estación migratoria de Las Agujas –ubicada en Iztapalapa– fue omiso en acatar la suspensión de dichos puntos, y que diversos funcionarios del INM no coordinaron las acciones operativas necesarias para que los extranjeros tuvieran un trato digno y respetuoso de sus derechos humanos.

Asimismo, la resolución indicó que si bien la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del DIF ha implementado diversas acciones tendentes a cumplir la suspensión, lo cierto es que no basta la emisión de medidas de protección a efecto de colmar los lineamientos establecidos en la medida cautelar.

Por lo anterior, las organizaciones reconocieron el mérito del citado fallo, el cual ordena a las autoridades migratorias y de protección de la niñez el cumplimiento puntual y sin excepción de las medidas dictadas por un tribunal colegiado dentro de un plazo de 24 horas.