Jueves 11 de julio de 2019, p. 16
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), restituyó a Lorena Piñón Rivera su militancia en el PRI, al considerar que la irregularidad por la que se le expulso del partido ya había prescrito según las normas internas.
Con tal resolución, Piñón recuperará su registro como candidata a la dirigencia nacional del tricolor, de manera que en los comicios internos del 11 de agosto próximo, habrá tres contendientes.
Aunque aceptó la decisión de los magistrados, la dirigencia de PRI enfatizó que Piñón consintió ser candidata de PAN a una diputación de Veracruz en 2016, esto es, que la falta existió, pero no hay posibilidad de sanción.
La aludida subrayó que esta “exoneración“ es histórica “porque el meteorito de la justicia cayó sobre el cártel de los dinosaurios”. Rechazó, además, encabezar una fórmula de simulación, para favorecer a Alejandro Moreno.
La sala superior del TEPJF revocó la expulsión porque el artículo 151 del Código de Justicia Partidaria del PRI establece que en ningún caso se podrá solicitar la imposición de sanciones 365 días naturales luego de que ocurrió la falta o que se tuvo conocimiento de la misma. En este caso, las denuncias contra Piñón por haber buscando una candidatura del blanquiazul, se presentaron entre abril y mayo pasado, por lo que los magistrados las calificaron como extemporáneas al referirse a un hecho ocurrido hace tres años.
Por otra parte, los magistrados ordenaron a la Unidad Técnica de lo Contencioso (UTC) del Instituto Nacional Electoral (INE) investigar a fondo la denuncia del Acción Nacional en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador, por presuntamente haber hecho uso indebido de recursos públicos y realizar propaganda personalizada al invitar y difundir el acto en el que celebró un año de su victoria electoral.
El partido quejoso se mostró complacido por la reapertura del caso, luego de que la UTC lo había cerrado porque no está en curso ningún proceso electoral y no hay vinculación con el acto citado.
En otro caso, confirmaron la multa por 126 mil 735 pesos contra el PRI por vulnerar el principio de no discriminación en un promocional que contenía frases en contra de las personas con algún tipo de enfermedad.