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La alcaldesa de Puebla no usó en forma indebida recursos públicos, determina el TEPJF

Claudia Rivera sólo ejerció su derecho a la libertad de expresión

 
Periódico La Jornada
Jueves 27 de junio de 2019, p. 22

La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó ayer que la presidenta municipal de Puebla, Claudia Rivera, haya hecho uso indebido de recursos públicos para la realización de la Fiesta del Libro 2019, durante la cual el académico John Ackerman aludió al proceso electoral local que se llevaba a cabo, al partido Morena y al presidente Andrés Manuel López Obrador.

Después de analizar el discurso del analista, los magistrados determinaron que no hizo ningún llamado al voto, no trató de influir en el electorado y, por tanto, no hubo ninguna violación a la ley. Además, hizo sus planteamientos en uso de su derecho a la libertad de expresión y éste no puede ser responsabilidad de la edil.

Al resolver una queja del PAN por el supuesto uso indebido de recursos públicos, ya que se posicionó a Morena y sus candidaturas, por medio del acto Charlando con John Ackerman, los integrantes de la sala superior consideraron que la sala regional especializada, que antes había fallado en favor de la edil, debió analizar el discurso de Ackerman y no sólo considerar que sus dichos están protegidos por la libertad de expresión para tomar una determinación jurídica.

Por otra parte, los magistrados avalaron los lineamientos aprobados por el Instituto Nacional Electoral (INE) para la transmisión patrimonial de los partidos nacionales en liquidación a los nuevos institutos políticos locales que obtengan registro, documento que fue impugnado por el Panal en los estados de Morelos, Aguascalientes, Baja California Sur, Hidalgo, Tlaxcala, Puebla, Nayarit, Zacatecas, Yucatán, San Luis Potosí, Chiapas y Chihuahua.

Los dirigentes del Panal pretendían que no les descontarán los recursos públicos que reciben para el pago de deudas que fueron generadas por Nueva Alianza a escala nacional en sus respectivas entidades

Argumentaron que el INE se excedió en su facultad reglamentaria y estableció obligaciones de imposible cumplimiento, sin embargo, los magistrados lo rechazaron. Los lineamientos dan certeza sobre las condiciones, el porcentaje y la temporalidad en la que los cobros se harán efectivos, señalaron.

El Panal a escala nacional perdió su registro tras no haber obtenido el 3 por ciento de votación en 2018.