Viernes 14 de junio de 2019, p. 22
No es factible ni conveniente que el sistema financiero de México adopte los activos virtuales –tal como las criptomonedas, que no cuentan con las características para ser sustituto del dinero físico– porque las implicaciones de su uso para la estabilidad financiera parecen limitadas, aseguró el Banco de México (BdeM).
En el Reporte de Estabilidad Financiera el organismo indicó que en años recientes se ha incrementado el interés de ciertos grupos sociales para usar activos virtuales, pero se considera necesario regular las operaciones que se hagan en dicha modalidad y tener una distancia sana y amplia
entre el sector financiero regulado y las asociaciones que trabajan con activos de este tipo.
Esto, explica el BdeM, para proteger de cualquier riesgo las operaciones que hagan los usuarios de las entidades financieras, las instituciones que operen con ellos y, sobre todo, para el sistema en general.
Los esquemas mediante los cuales estos activos operan pueden presentar múltiples deficiencias tales como volatilidad exacerbada de precios, asimetría de información, prácticas de manipulación de mercado, esquemas de operación ineficientes y opacidad en las operaciones. Adicionalmente, la operación con activos virtuales representa un riesgo considerable para la prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo
, expuso el reporte.
De acuerdo con el banco central, dichos riesgos se explican porque la operación de las instituciones que trabajan con activos de este tipo se basa en protocolos que pueden facilitar la realización de transferencias transfronterizas con mayor opacidad, así como a la ausencia de un control parejo a nivel global para mitigar los riesgos relevantes.
El BdeM, precisó que es de su interés permitir el uso de las nuevas tecnologías que promuevan y generen un beneficio para los participantes del sistema financiero, siempre y cuando vean alguna eficiencia o funcionalidad de dichas instituciones digitales.
En marzo de este año se emitió la primera regulación para las instituciones de tecnología financiera y para las instituciones de crédito, la cual establece los requerimientos y condiciones que deberán cumplir las instituciones interesadas en realizar operaciones con dichos activos.
La regulación limita a que las instituciones utilicen dichos activos únicamente en las operaciones internas, que soporten los servicios que ofrezcan a sus clientes, sin exponerlos a ellos directamente y sin que ello implique un aumento significativo en los riesgos de las instituciones o un impacto sobre los clientes o usuarios finales
, refirió.