Sociedad y Justicia
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Cámaras industriales celebran fallo de la Corte: tiene sustento científico
 
Periódico La Jornada
Jueves 9 de mayo de 2019, p. 31

La constitucionalidad para el etiquetado frontal nutrimental (EFN) declarada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ayer, da confianza a la ciudadanía de que tiene sustento técnico y científico, además de respetar el derecho a la salud, aseguró Lorena Cerdán, directora general del Consejo Mexicano de la Industria de Productos de Consumo (ConMéxico).

Al ser entrevistada por este diario, la directiva indicó que lo importante es que se declaró que el etiquetado es constitucional, pues no viola los derecho humanos a la salud. De esta manera todos los ciudadanos podemos estar confiados y con esto se confirma que el EFN tiene sustento técnico, tiene sustento científico, está apegado a los estándares internacionales y sobre todo se respeta el derecho a la salud, a la alimentación y a la información. Agregó que el etiquetado es claro, es veraz, es comprobable y es un reconocimiento a la transparencia.

De acuerdo con la resolución emitida por la SCJN el etiquetado no es confuso, erróneo o falso para consumidores. El máximo tribunal en México falló sobre las constitucionalidad de este etiquetado, indicó Cerdán.

En un comunicado en conjunto con la Confederación Nacional de Cámaras Industriales (Concamin) y la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra), celebraron la resolución que tomó el máximo tribunal de justicia del país.

Jaime Zabludovsky, presidente ejecutivo de ConMéxico, aseguró que esto confirma que la información nutrimental contenida en las etiquetas de alimentos y bebidas no alcohólicas es correcta, veraz y transparente.

El EFN, que fue objeto de análisis ante la SCJN, es producto de la modificación que hicieron en 2014 la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Secretaría de Economía a la norma oficial mexicana 051, que hizo obligatorio el etiquetado con especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas prenvasados, información comercial y de tipo sanitaria.

El etiquetado describe de manera gráfica y numérica los contenidos de grasas saturadas, de otros tipos, azúcares totales y calorías por envase o porción, con referencia en una dieta de 2 mil calorías.

Con la resolución, la Suprema Corte de Justicia determina que cada uno de los elementos del EFN –tipo y número de nutrientes a declarar, racional técnico y declaración por envase o porción– cumple con los más altos estándares nacionales e internacionales de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Codex Alimentarius, máximo órgano internacional en materia de etiquetado para alimentos y bebidas.

Cerdán comentó que la industria siempre ha estado tranquila, pues ha cumplido con la ley y tambiéla normatividad, pero con esta resolución el sector industrial confirma que está bien realizada, además de respetar el derecho a la información, a la salud y el derecho de la gente a una alimentación adecuada.