Política
Ver día anteriorSábado 4 de mayo de 2019Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Debe la FGR explicar proceso para nombrar fiscal anticorrupción

La orden incluye al Senado; cuestionan idoneidad de María de la Luz Mijangos

 
Periódico La Jornada
Sábado 4 de mayo de 2019, p. 4

El juzgado décimo de distrito en materia administrativa con sede en la Ciudad de México otorgó un plazo de 15 días hábiles a la Fiscalía General de la República (FGR) y al Senado para que expliquen el procedimiento que se realizó para elegir y ratificar como titular de la Fiscalía Especial de Combate a la Corrupción a María de la Luz Mijangos Borja, pues cuestionan la idoneidad de su nombramiento.

A través del juicio de amparo 630/2019, interpuestos por la organización civil Derechos Humanos y Litigio Estratégico –integrada por diversas organizaciones dedicadas a la defensa de los derechos humanos–, el juzgado admitió la demanda de garantías y señaló que el próximo 6 de junio se realizará la audiencia constitucional para avanzar en una definición respecto de si fue legal o no la designación de Mijangos Borja.

La Fiscalía Especial de Combate a la Corrupción es un órgano de la FGR y el nombramiento de esta funcionaria fue realizado por Alejandro Gertz Manero, titular de la FGR, el pasado 9 de febrero.

La ley permite que el fiscal de la República designe de manera libre al titular de ese cargo; sin embargo, Gertz Manero se comprometió con los senadores a someter a su confirmación el nombramiento que recayó en Mijangos Borja.

La organización civil –integrada por representantes de instancias como el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro y el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia– no solicitó al juzgado ninguna suspensión provisional que detuviera las funciones o el trabajo que realiza la actual fiscal de combate a la corrupción, por lo que será hasta el final del juicio cuando el juez Francisco Migoni resuelva si la designación se realizó con idoneidad.

Los demandantes señalan en su escrito que se eligió a Mijangos Borja sin haber llevado a cabo ninguna consulta que permitiera la participación ciudadana.