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Avanza dictamen sobre inhabilitación temporal o definitiva por corrupción
 
Periódico La Jornada
Miércoles 13 de marzo de 2019, p. 13

Comisiones del Senado aprobaron un dictamen que establece la inhabilitación temporal y definitiva de servidores públicos que incurran en actos de corrupción. No volverán a trabajar en el gobierno quienes cometan delitos contra el erario superiores a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Esa medida también se aplicará a particulares que participen en actos de corrupción contra el erario por monto superiores a las 200 veces el valor de la UMA, por lo que se les impediría participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamiento y uso del dominio de la Federación.

Las Comisiones Unidas de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana, y la de Estudios Legislativos Primera aprobaron por unanimidad el dictamen que reforma la Ley de Responsabilidades Administrativas y el Código Penal Federal en materia de inhabilitación temporal y permanente a servidores públicos y a particulares por actos de corrupción.

En el dictamen avalado se detalla que la inhabilitación temporal específica se dará cuando no se causen daños o perjuicios ni exista beneficio o lucro alguno, o cuando el monto de la afectación o beneficio obtenido por la comisión del delito no exceda 200 veces el valor diario de la UMA, y será por el plazo de uno y hasta 10 años.

De igual forma, precisa que la inhabilitación definitiva procederá si el monto de la afectación o beneficio obtenido excede el límite antes mencionado. Con esta reforma se faculta al Tribunal Federal de Justicia Administrativa imponer dichas sanciones. El artículo 212 del Código Penal Federal señala para los responsables de faltas administrativas graves la pena de destitución y la inhabilitación temporal o definitiva para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos