Querella con dueños de MVS
Se puede justificar que la libertad de expresión prevalezca, determinan ministros
Jueves 21 de febrero de 2019, p. 15
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la sentencia que obligaba a Carmen Aristegui a probar las expresiones que realizó en el prólogo del libro La Casa Blanca de Peña Nieto, en el que alude a los dueños de la empresa MVS y su relación con el poder político, por lo que fue demandada por daño moral. Tras la resolución, la periodista hizo un llamado a que termine el terrible periodo que hemos vivido tanto MVS como nosotros
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Los ministros determinaron que en el caso de opiniones periodísticas que impacten el interés público, se puede justificar que la libertad de expresión prevalezca frente a los derechos de la personalidad de los involucrados, toda vez que el debate en estos temas debe ser desinhibido, robusto y abierto
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El abogado Xavier Cortina mencionó, tras darse a conocer la sentencia que obliga al tribunal colegiado a emitir un nueva fallo, pero tomando en cuenta las consideraciones de la Corte, que “el proyecto elaborado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo establece que Carmen Aristegui nunca incurrió en conducta ilícita, no profirió ninguna afirmación ni proporcionó información alguna que pudiese ser susceptible de demostrar o que fuera injuriosa o que afectara el honor o la reputación de Joaquín Vargas.
Pide fase de entendimiento
La periodista dijo que luego de que se están poniendo las cosas en su lugar
y que ya se han resuelto dos expedientes en su favor –uno de ellos relacionado con su despido, que fue declarado ilegal, y la resolución de este miércoles, en la que se establece que no incurrió en actos que afectaran el honor del empresario Joaquín Vargas–, MVS por congruencia debería desistirse de ese juicio que está pendiente (y que tiene que ver con una señalamiento de despido injustificado); la petición es que nos libere de eso y que entremos en una fase de entendimiento
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