Jueves 10 de enero de 2019, p. 13
Las iniciativas que buscan ampliar el catálogo de delitos para la aplicación de la prisión preventiva automática u oficiosa en México, que se discuten en el Congreso de la Unión, son contrarias a los principios que rigen el uso de esa sanción y la convierten en una pena anticipada, subrayó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Señaló que le preocupa que los legisladores aprueben estas propuestas, por lo que llamó a que toda disposición que ordene la aplicación obligatoria de la prisión preventiva sea derogada, esto en garantía del principio de presunción de inocencia y en cumplimiento a los tratados internacionales.
Las iniciativas que se analizarán en el periodo extraordinario en la Cámara de Diputados buscan ampliar la prisión oficiosa a delitos como abuso sexual contra menores; desaparición forzada y desaparición cometida por particulares; robo de transporte en cualquiera de sus modalidades; uso de programas sociales con fines electorales; ilícitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, y corrupción.
La CIDH recuerda que de conformidad con reiterados y constantes pronunciamientos de los órganos del Sistema Interamericano, la aplicación de la prisión preventiva obligatoria en razón del tipo de delito constituye no sólo una violación al derecho a la libertad personal protegido por la Convención Americana, sino que la convierte en pena anticipada y, además, constituye una interferencia ilegítima del legislador en las facultades de valoración que competen a la autoridad judicial.
Agregó que para que esta sanción carcelaria resulte compatible con los estándares internacionales en la materia, su aplicación debe partir de la consideración al derecho a la presunción de inocencia, tener en cuenta su naturaleza excepcional y regirse por los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.