Lunes 31 de diciembre de 2018, p. 19
La eliminación –a partir del primero de enero– del estímulo fiscal al impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) que se aplica a gasolinas no debería generar incrementos a los precios.
En teoría no debe haber aumento de precio al consumidor mientras no se alteren al alza factores que hacen la estructura del costo
, como las cotizaciones internacionales del petróleo crudo y el tipo de cambio, entre otros, dijo una fuente de la Organización Nacional de Expendedores de Petróleo (Onexpo), la unión de asociaciones de gasolineros más grande de México, que representa los intereses de la industria de los hidrocarburos líquidos.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) anunció el viernes pasado que eliminará el estímulo fiscal para el periodo primero-11 de enero próximo para los combustibles automotrices. La medida fue impuesta en la última semana de octubre, en la recta final del gobierno del hoy ex presidente Enrique Peña Nieto, y los precios al consumidor bajaron en noviembre y diciembre.
El estímulo fiscal al IEPS ha probado su eficacia para atenuar la curva de ascenso de los combustibles y los precios bajos de las recientes ocho semanas permiten su cancelación, dijo la fuente de la Onexpo.
El IEPS es un impuesto que fija la SHCP y forma parte del precio de cada litro de combustible. Para 2019, el gobierno estima recaudar 269 mil 300 millones de pesos por ese concepto.
Sin embargo, en el precio de las gasolinas influyen otros factores, como el tipo de cambio del peso mexicano frente al dólar estadunidense, las cotizaciones internacionales del petróleo crudo y el costo de transportar los combustibles.
Las cotizaciones mundiales del hidrocarburo han ido a la baja desde octubre, y la moneda mexicana ha recuperado terreno frente al dólar.
Nuevo seguro
En tanto, a partir del primero de enero las gasolineras estarán obligadas a contar con un seguro de daños medioambientales, además del de responsabilidad civil, de acuerdo con una disposición de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales emitida en julio pasado.
Dicho seguro deberá cubrir atención a emergencias, contención de contaminantes, mitigación de impactos y daños ambientales, restauración o compensación ambiental, caracterización de sitios contaminados, y remediación de sitios contaminados.
La disposición aplica también para las empresas que realicen actividades de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, descompresión, licuefacción y regasificación de hidrocarburos o petrolíferos.