Respuesta tardía e incompleta
Pide garantizar la debida diligencia
de las compañías
Sábado 13 de octubre de 2018, p. 8
Las empresas que participaron en la construcción del Paso Exprés de la autopista México-Cuernavaca, así como en las labores de supervisión y coordinación, tuvieron una actitud evasiva ante las indagatorias que se realizaron por el surgimiento del socavón en dicho libramiento carretero, y enviaron información de manera tardía e incompleta, señaló la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
En su recomendación 34/2018, la cual fue presentada el pasado miércoles, el organismo público detalló que el común denominador en las cuatro compañías que estuvieron relacionadas en el proceso de edificación del Paso Exprés fue la dilación ante los requerimientos de datos, lo cual obstaculizó el proceso de la indagatoria.
El 14 de julio de 2017, apenas dos días después de que se produjera el hundimiento, la CNDH pidió información a una de las empresas involucradas en la construcción de la vialidad, pero ante la falta de respuesta envió un nuevo requerimiento el 9 de agosto.
En esta segunda ocasión, la empresa se negó a recibir el oficio bajo el pretexto de que no estaba dirigido de manera personalizada,a nombre de su representante legal
, aunque al mismo tiempo se negó a proporcionar el nombre del mismo.
Ante dicho escenario, los investigadores enviaron correos electrónicos a las direcciones que aparecían en la página web de la compañía constructora, pero tampoco recibieron respuesta.
La CNDH envió dos oficios más, el 28 de agosto y el 13 de septiembre de 2017, al tiempo que mandó cuatro solicitudes a otra compañía involucrada en el tema, pero en ninguna de ellas recibió contestación.
Finalmente, dos meses después de que se abriera el socavón, el abogado de una de las empresas que participaron en la cuestionada obra acudió a las instalaciones de la CNDH y entregó cuatro carpetas de expedientes y dos discos compactos, pero sin rendir un informe por escrito sobre los puntos específicos de las solicitudes.
De manera similar, el representante legal de otra compañía únicamente señaló el domicilio de la misma para recibir notificaciones,y lo hizo un año y ocho meses después de los hechos.
Analizar de forma indirecta
En su recomendación, la CNDH admite que no tiene competencia directa para investigar posibles violaciones a derechos humanos provocadas por actividades empresariales, pero indicó que sí puede analizar de manera indirecta
la actuación de las compañías privadas en casos como el del Paso Exprés, al revisar el trabajo de las autoridades que supervisaron a las empresas.
En el caso del socavón, por tanto, se requiere determinar si hubo actuación anuente, tolerante u omisiva de las autoridades frente al actuar de las empresas privadas, que provocaron violaciones a derechos humanos
.
Para garantizar una actitud de debida diligencia empresarial
, enfatizó la CNDH, es necesario buscar mecanismos legales que las compañías deban cumplir en temas de investigación de violaciones a derechos humanos, entre ellos incluir en sus contratos una cláusula especial para que rindan cuentas de sus actividades, así como de sus posibles errores y omisiones.