Domingo 22 de julio de 2018, p. 11
Ante las miles de desapareciones en el país, tanto las cometidas por particulares como por servidores públicos (desaparición forzada), el primer paso será determinar cuántas personas están en esa situación y el modo, tiempo y lugar de la agresión. El campo de investigación para atender este problema va desde la guerra sucia (1960-1979) hasta la fecha, incluidos los efectos de la estrategia de seguridad operada desde 2006.
Con ese propósito –y a prácticamente cuatro meses de que concluya el sexenio–, la naciente Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (CNB), adscrita a la Secretaría de Gobernación, abrió una consulta pública a fin de enriquecer el Programa Nacional de Búsqueda de Personas que sería presentado en agosto próximo.
Las propuestas y comentarios se recibirán en la CNB hasta el 27 de julio.
Ese programa deberá detallar políticas públicas y estrategias para lograr la eficiente recopilación de datos de desaparecidos en todas las instituciones públicas y privadas, la depuración de las bases de datos existentes y la puesta en marcha de un plan de reacción inmediata, así como acciones preventivas.
El diseño del plan debe estar nutrido de la experiencia e insumos de las instituciones, organizaciones y personas que han estado involucrados en el tema
, indicó la comisión.
El artículo 53 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas señala que la CNB debe elaborar y poner en marcha un programa rector ante este problema, igualmente con los parámetros de la citada ley.
El primer índice y estructura del Programa Nacional de Búsqueda de Personas puesto a consideración de la ciudadanía incluirá un diagnóstico general de la desaparición en México, así como lo que se ha hecho hasta ahora para atender este fenómeno.
En esta parte también se evaluará lo realizado hasta el momento, tanto en comisiones locales de búsqueda y fiscalías especializadas, así como por los servicios médicos forenses y periciales (genética y dactiloscopía).
El programa, según este índice, deberá precisar indicadores del asunto y acciones a corto y mediano plazos, así como responsables y roles de los distintos actores, ya sea del diagnóstico y de la base de datos.
Lo anterior, para cumplir lo que ordena la ley, a fin de identificar la ubicación, magnitud y contenido de la información disponible con el propósito de proceder a la depuración y verificación de datos recolectados.
Asimismo, la revisión sistemática y exhaustiva de averiguaciones previas, carpetas de investigación y otros documentos oficiales que contengan información sobre la desaparición de personas.
También se analizará el tiempo y lugar donde ocurrieron las desapariciones, que incluye el análisis de los casos de violencia política, principalmente de la guerra sucia de 1960 a 1979, y los cometidos durante la estrategia de seguridad en México (de 2006 en adelante). Asimismo, casos nuevos e incluidos no localizados, entre otros.