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Revisará la Corte rechazo de CNDH a objeción de conciencia
 
Periódico La Jornada
Miércoles 20 de junio de 2018, p. 14

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra el decreto por el que se adicionó el artículo 10 bis a la Ley General de Salud, en el cual se permite que personal médico y de enfermería de las instituciones de salud puedan excusarse de prestar sus servicios argumentando una objeción de conciencia.

A fin de integrar debidamente el expediente de la acción de inconstitucionalidad, la Corte requirió al Congreso de la Unión copia certificada de los antecedentes legislativos de la norma impugnada, entre ellos los antecedentes de la iniciativa, los dictámenes de comisiones, las actas de las sesiones en que se haya aprobado y consten las votaciones de los integrantes tanto del Senado como de la Cámara de Diputados.

El pasado 11 de mayo, mediante el Diario Oficial de la Federación, se publicó el decreto del Congreso de la Unión por el cual se incluyó el artículo 10 bis a la Ley General de Salud que permite, por ejemplo, que un médico o enfermera se niegue a proporcionar atención a un paciente bajo el argumento de que por cuestiones de carácter ético o religioso de índole personal no pueden cumplir la legislación en materia de salud en casos como la práctica de un aborto.

Urgencia médica

Esta legislación señala que no podrá invocarse la objeción de conciencia cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica.

A ese respecto, la CNDH pidió a la Corte que declare la invalidez de este artículo que se agregó a la Ley General de Salud.

Tocará elaborar el correspondiente proyecto de resolución al ministro Arturo Zaldívar, quien admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad.