Jueves 26 de abril de 2018, p. 38
EDITORIAL
Mediante el programa de prácticas judiciales
, el Consejo de la Judicatura Federal abre las puertas de todos los órganos judiciales a alumnos de la carrera de Derecho y afines. Desde de 2012, casi 4500 estudiantes han ingresado a juzgados y tribunales para ejercer y conocer de cerca la labor judicial. Este programa, reconocido por la OEA, evidencia que el Poder Judicial Federal no está cerrado al público, que no se trata de esa familia judicial endógama reclamada por varios sectores. Más de 3000 de esos estudiantes obtuvieron trabajo en los órganos judiciales donde ingresaron para practicar. Eso demuestra que no es necesario tener conocidos en los juzgados federales para trabajar ahí. Un estado democrático tiene diversos caminos para acceder a la función pública; éste es uno de muchos.
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CONOCER LOS DERECHOS HUMANOS, PRIMER PASO PARA EXIGIRLOS
En la página de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el apartado de Derechos Humanos, puede encontrarse información sobre instrumentos y resoluciones internacionales, marco normativo nacional, instituciones relacionadas, hechos relevantes y resoluciones relevantes del Poder Judicial de la Federación. Tal información se divide en derecho al agua; derechos civiles y políticos; derecho a la cultura; derecho a la educación; derechos LGBTTTI; derechos de las mujeres; derechos de niñas, niños y adolescentes; derechos de las personas con discapacidad; derechos de las personas, comunidades y pueblos indígenas; derechos de las personas mayores; derechos de personas migrantes y sujetas de protección internacional; derecho a la salud; derecho a la verdad y, derecho a la vivienda. ¿Cuánta información conoces al respecto?(scjn.gob.mx)
JURISPRUDENCIA
¿Cómo debe hacerse el acta de un reconocimiento aduanero por selección automatizada, de acuerdo al Pleno en materia administrativa del Circuito de Nuevo León?
Época: Décima
Registro: 2013290
Instancia: Plenos de Circuito Jurisprudencia
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Libro 37 Diciembre de 2016, Tomo II Materia(s): Administrativa
Tesis: PC.IV.A. J/30 A (10a.)
Página: 1000
ACTA CIRCUNSTANCIADA DE HECHOS LEVANTADA CON MOTIVO DE LA PRÁCTICA DE UN RECONOCIMIENTO ADUANERO DERIVADO DE LA ACTIVACIÓN DEL MECANISMO DE SELECCIÓN AUTOMATIZADO. LE RESULTA APLICABLE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 62/2006 DE LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. De los antecedentes y consideraciones emitidas en la ejecutoria dictada en la contradicción de tesis 43/2006-SS, por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de la que derivó aquel criterio jurisprudencial, se aprecia que los casos analizados trataron sobre el levantamiento de las actas de inicio del procedimiento administrativo en materia aduanera con motivo de verificaciones de mercancías de procedencia extranjera en transporte, que derivaron de órdenes de verificación, y del reconocimiento aduanero realizado en las instalaciones de la Aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, porque en el mecanismo de selección automatizado le correspondió luz roja al particular, esto es, dicho levantamiento derivó de actuaciones efectuadas por las autoridades aduaneras fuera del domicilio de los interesados. De ahí que el supuesto jurídico consistente en el levantamiento del acta circunstanciada de hechos por la práctica de un reconocimiento aduanero realizado por el personal actuante de las autoridades aduaneras en el recinto oficial de éstas, derivado de la activación del mecanismo de selección automatizado, es decir, fuera del domicilio de los particulares, es el supuesto examinado por dicha Sala, al resolver la citada contradicción de tesis y, por tal motivo, en ese caso, resulta aplicable la jurisprudencia 2a./J. 62/2006, y ante ello el personal actuante de dichas autoridades en esa acta debe de hacer constar su debida identificación, y describir con toda claridad el documento mediante el cual se identifiquen y el oficio que los autoriza a practicar ese reconocimiento aduanero, para lo cual, habrán de asentar las fechas de expedición y de expiración de la credencial, el órgano de la dependencia que la emite, el nombre y el cargo de quien la expide, así como el de la persona a cuyo favor se otorga el documento con que se identifica, su registro federal de contribuyentes y el número de su placa oficial; además, la fecha de expedición del oficio, el número que le corresponda, el órgano y el titular de la dependencia y el nombre del autorizado; o en su caso, agregar al acta y al tanto que se entregue al verificado, copia fotostática de los documentos que contengan dichos datos, como se determinó en el referido criterio jurisprudencial.
PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO Contradicción de tesis 13/2015. (scjn.gob.mx)
FRASES SOBRE LO JURÍDICO
Pero ahora no van las cosas por el tenor y rigor de las antiguas; hoy se hace una ley y mañana se rompe, y quizá conviene que así sea. Ahora promete uno de enmendarse de sus vicios y de allí a un momento cae en otros mayores: una cosa es alabar la disciplina y otra el darse con ella y, en efecto, del dicho al hecho hay un gran trecho.
Los atenienses usaban, entre otras, de una moneda sellada con la figura de un buey, y cuando algún juez dejaba de decir o hacer lo que era razón y justicia, por estar cohechado, decían: éste tiene el buey en la lengua
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Miguel de Cervantes Saavedra en El coloquio de los perros
Aspiramos a la legalidad; la justicia se perdió hace mucho.
RGW
RESEÑA JURÍDICA
Los jueces: ideología, política y vida privada
Jorge F. Malem Seña.
Consejo de la Judicatura Federal y Edit. Tirant lo Blanch
¿Cuáles son los jueces ideales? ¿Los que se comportan impecablemente, de acuerdo con la moral, la ética y la ley dentro y fuera del juzgado? ¿Los que dictan sentencias legalmente impecables, fundadas y motivadas, a pesar de ser malas personas, sin caer en la ilegalidad? Mientras la figura de los políticos se pierde por el escrutinio minucioso, especialmente en tiempos electorales, donde los enemigos partidistas son capaces de agrandar lo intrascendente o minimizar lo ilegal, los juzgadores y altos funcionarios de la judicatura local y federal continúan fuera de los reflectores públicos, convenientemente: que hablen las sentencias, no las figuras ni las personalidades. El papel social de los juzgadores puede empezar por su vida privada, al ser sus sentencias un referente colectivo de lo deseable como solución a los conflictos y como directriz de la conducta; pero en el México contemporáneo, donde los jueces se eligen por concurso, las vidas privadas permanecen fuera del ojo público. Un análisis para reflexionar si es adecuado a las necesidades sociales de un país donde la judicialización de los conflictos parece ser la única vía posible de solución. ¿Y los trabajadores judiciales, secretarios, mecanógrafos y demás, cuándo serán auscultados?
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Editor: Ricardo Guzmán Wolffer