21 de abril de 2018     Número 127

Directora General: CARMEN LIRA SAADE
Director Fundador: CARLOS PAYAN VELVER

Suplemento Informativo de La Jornada

Desafíos legales y desmantelamiento
de la producción de semillas

Alejandro Espinosa Calderón INIFAP, investigador del Programa de Maíz  [email protected]
Margarita Tadeo Robledo FES Cuautitlán, UNAM  [email protected]
Karina Yazmine Mora García FES Cuautitlán, UNAM  [email protected]
Antonio Turrent Fernández UACH  [email protected]
Rita Swentesius Rinderman UACH  [email protected].


Cada maíz se emplea en usos específicos en la cocina mexicana, patrimonio intangible de la humanidad. FOTOS: Alejandro Espinosa

En México, quienes han dirigido el país despejaron el camino para que las corporaciones multinacionales de semillas mejoradas operen sin competencia genuina, al cerrar en el año 2000 la Productora Nacional de Semillas (Pronase). Y con la promulgación de la Ley de Semillas de 2007 se distorsionó como nunca el sistema de producción, certificación y comercio de semillas –antes en cierto equilibrio al menos en el abastecimiento público y privado–, para dar paso al apabullante oligopolio de las corporaciones sobre el mercado de granos y semillas de maíz. Además, se redujo el apoyo a la investigación pública para el mejoramiento genético y el manejo agronómico, así como para la multiplicación de semillas de maíz y otros cultivos. Todo ello tiene sumido al país en la dependencia en producción de ese grano.

Se estima que en 75% de la superficie donde se cultiva maíz cada año se emplean semillas de variedades nativas, obtenidas de la propia parcela de los productores. En 2.3 millones de unidades de producción, cada agricultor posee de una a tres variedades diferentes, lo que se traduce en todo el país en millones de variedades obtenidas mediante la selección autóctona dinámica que aplica cada productor. Orgullosamente, cada uno de ellos reitera que sus variedades son diferentes a las del productor vecino, porque están adaptadas específicamente a cada terreno, a las condiciones de humedad, fertilidad, textura, ph y otras características, que incluyen el uso culinario en la alimentación de cada variedad.

Así ha ocurrido en este proceso de selección que ha durado ya miles de años, a lo largo de más de 330 generaciones de campesinos. Ciclo tras ciclo, ocurre la recombinación de los 50 mil genes que posee cada planta de maíz en las parcelas de todas las unidades de producción. Esta diversidad es la garantía de un futuro mejor para México, ante los riesgos del cambio climático.

Durante siglos, el mejoramiento autóctono de las 59 razas de maíz ha sido posible gracias a que los 62 pueblos indígenas, etnias y campesinos han preservado, mejorado y reproducido la diversidad biocultural, patrimonio amenazado actualmente por la Ley General de Biodiversidad aprobada al vapor por el Senado a mediados de diciembre de 2017. Esta ley favorece aún más al sector privado y también alienta la biopiratería, definida como “la apropiación del conocimiento y los recursos genéticos de las comunidades indígenas por parte de los individuos o las instituciones que buscan control monopólico exclusivo (patentes o propiedad intelectual) sobre esos recursos y conocimientos de las comunidades agrícolas y los pueblos indígenas”.

El sistema de producción, certificación y comercio de semillas está muy relacionado con la propiedad intelectual, a diferencia del acceso al libre intercambio y derivación esencial de variedades –como derecho milenario de los agricultores–, que están amenazados por los intentos de cambiar a México del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) que se basa en el Acta de 1978, por el UPOV basado en el Acta de 1991. Ello se concretaría con la aprobación en Chile, del Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (TPP-11), renombrado el 8 de marzo de 2018 como Acuerdo Integral y Progresista de la Asociación Transpacífica (CPTPP), firmado por Chile, Perú, México, Canadá, Japón, Vietnam, Malasia, Brunei, Singapur, Australia y Nueva Zelanda. Paralelamente, como resultado del cabildeo de los oligopolios, se presiona para el cambio de México al UPOV Acta 91 desde la SAGARPA, a través del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas (SNICS).

La reciente Ley General de Biodiversidad agrega nuevos desafíos, que se suman al intento por lograr el control de los recursos genéticos y al creciente desmantelamiento legal e institucional en torno a la producción y abasto de semillas en México, donde actualmente la investigación mexicana está en manos de las corporaciones internacionales, y ahora se pretende también que los recursos genéticos sean privatizados. Es urgente revertir esta situación.


México cuenta con miles y miles de variedades nativas de maíz de las 59 razas.

De aprobarse ahora por la Cámara de Diputados, la Ley General de Biodiversidad no privilegiaría la conservación de la biodiversidad; por el contrario, afectaría a especies vulnerables y áreas naturales que están protegidas en la legislación ambiental vigente. La iniciativa genera contradicciones e incongruencias con otras leyes mexicanas y con acuerdos internacionales firmados por nuestro país para la protección de recursos fitogenéticos, y representaría un retroceso en la conservación de la biodiversidad; no sólo sería difícil de aplicar, sino que tomará décadas de reformas legislativas para enmendar sus múltiples consecuencias.

Como explica la organización Semillas de Vida, “que omite derechos humanos enunciados en el Artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y contraviene acuerdos internacionales sobre la materia, como es el Convenio de Diversidad Biológica, y de derechos humanos; en específico, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio 169 de la OIT”.

“Esta Ley creará graves conflictos entre las comunidades –agrega Semillas de Vida– como los que se señalan en los artículos 39 y 41 cuando ‘los mismos recursos genéticos se encuentren in situ dentro del territorio de varios pueblos o comunidades indígenas’ o bien, cuando ‘los mismos conocimientos tradicionales asociados a recursos genéticos sean compartidos por una o más comunidades indígenas y locales’. Asimismo, se abre la posibilidad del otorgamiento de beneficios ‘de carácter monetario o no monetario’ (Artículo 47).”

Por todo lo anterior, es conveniente detener el embate de este intento de privatización que, de aprobar los diputados, afectarían los derechos milenarios de nuestros pueblos.

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