Jueves 19 de abril de 2018, p. 27
Por unanimidad, la segunda sala de la Suprema Corte de Justi- cia de la Nación (SCJN) otorgó amparo a Telmex y Telnor para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) fije las nuevas tarifas de interconexión a partir del primero de enero de 2019 y estas empresas puedan cobrar a otras compañías que hagan uso de sus instalaciones al prestar servicios de telefonía e Internet. Los ministros reiteraron el criterio fijado en recursos anteriores sobre el tema, promovidos por Telcel, la filial de telefonía móvil de Telmex, al resolver que el cobro de tarifas de interconexión no podrá ser retroactivo, y también que las competidoras de Telmex no tendrán que pagarle compensación alguna por los cuatro años que estuvo vigente la tarifa cero. Los ministros determinaron que el IFT, como órgano regulador, será el responsable de fijar las referidas tarifas y tomar en cuenta las obligaciones de carácter social previstas en el título de concesión de Telmex y Telnor. En la sentencia que fue aprobada se determinó que las condiciones de interconexión son de interés social, al formar parte de todo un sistema legal dirigido al beneficio de los usuarios, en los que se busca lograr, además de la continuidad de la prestación del servicio, que el mismo se otorgue de manera eficiente, en un ambiente de sana competencia entre concesionarios, a fin de obtener para el público en general el mejor precio y calidad por los servicios de telecomunicaciones.