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La publicidad oficial no debe ser mecanismo de presión, señala

Exhorta la CDHDF al Congreso a no condicionar la libertad de expresión

Llama a corregir el proyecto de ley antes de su discusión en el pleno

 
Periódico La Jornada
Miércoles 11 de abril de 2018, p. 34

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) señaló que la regulación de la publicidad oficial no puede ser, de ningún modo, un mecanismo de presión sobre los medios de comunicación y periodistas, sino que debe estar en favor de la libertad de expresión, la diversidad y el derecho de las personas a la información.

Ante ello, exhortó a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados a cumplir con sus obligaciones en materia de libertad de expresión, evitar condicionar e incluso restringir, aunque sea de manera indirecta, la comunicación y la circulación de ideas y opiniones, elementos indispensables para una sociedad democrática.

Consideró que antes de discutirse en el pleno el proyecto de Ley de Comunicación Social, que pretende regular el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución en materia de propaganda gubernamental, sea corregido, a fin de que garantice el respeto pleno de la libertad de expresión en torno a las reglas para la publicidad oficial.

La CDHDF argumentó que este proyecto de impacto nacional debe tomar en cuenta el interés público que implica una regulación adecuada de la publicidad oficial, la transparencia, la rendición de cuentas, la no discriminación, la eficiencia y el buen uso de los fondos públicos como elementos fundamentales.

Asimismo, incorporar las diferentes etapas vinculadas a la publicidad oficial relativas a la producción, distribución, contratación y control de la misma, de avisos del sector público y privado, costeados con fondos públicos; establecer las sanciones pertinentes y adecuadas ante el incumplimiento, y la transparencia y el control sobre el uso de los recursos.

La eliminación de acciones discrecionales, y sobre todo la garantía de que este acto no resulte en un mecanismo legitimado por el Estado para ser utilizado como herramienta de coacción en la relación que los medios de comunicación tienen con las autoridades y los periodistas, es necesario considerarlo, puntualizó.

Se trata, dijo, de atender los principios básicos que sobre el tema plantea la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, lo señalado por organizaciones civiles promoventes del amparo que dio pie a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y lo planteado por el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción.

Con ello se garantizaría que los derechos relativos a la libertad de expresión se vean cumplidos, aunque éstos se encuentran garantizados en el artículo 7 de la Constitución Política de la Ciudad de México, así como el derecho a la información, destacó la CDHDF.