La Corte falló contra periodo de cinco días
Viernes 2 de marzo de 2018, p. 10
Para atender la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que declaró inconstitucional el plazo de cinco días establecido en el segundo párrafo del artículo 10 de la Ley Reglamentaria en materia de derecho de réplica, la priísta Cristina Díaz, presidenta de la Comisión de Gobernación del Senado, presentó ayer una iniciativa que amplía a 15 días hábiles el periodo con que contarán los ciudadanos para presentar su solicitud de rectificación o desmentido.
Refirió que el pasado primero de febrero, al resolver la acción de inconstitucionalidad 122 transversal 2015 y sus acumuladas, el pleno del máximo tribunal de justicia determinó la inconstitucionalidad del periodo mencionado para que los afectados pudieran solicitar a un medio de comunicación –prensa, radio, televisión o cualquier otro– la rectificación o aclaración a lo publicado.
Díaz destacó que en la discusión de esa norma, los ministros coincidieron en que es libertad del legislador federal determinar el plazo que consideren más adecuado para presentar la solicitud de réplica ante los sujetos obligados
, pero estimaron que éste debe considerar los argumentos vertidos por ese alto tribunal en lo que se refiere a mantener proporcionalidad y balance entre el derecho a la seguridad jurídica de los medios de comunicación, al convertirse en sujetos obligados.
Asimismo, considerar la oportunidad real de los afectados para ejercer dicha garantía en tiempos realistas y proporcionales
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La senadora explicó que la SCJN consideró inconstitucional el periodo marcado en la ley para ejercer ese derecho, en función del tiempo que se otorga al agraviado para conocer de una noticia falsa o inexacta que le perjudica, difundida por cualquier sujeto obligado
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Precisó que la Corte dijo que debe haber cierto equilibrio entre el derecho de los particulares que pudieran verse afectados por alguna publicación y el derecho a la seguridad jurídica de los sujetos obligados, ante ello, la propuesta del PRI es ampliar el plazo a 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación o transmisión de la información que se desea rectificar o responder, para que el agraviado presente su solicitud de réplica ante el sujeto obligado correspondiente
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