Sociedad y Justicia
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Vargas Zepeda, de 81 años, inició proceso para cambio de prestación

El IMSS restituirá a pensionado pagos suspendidos hace dos años y medio
 
Periódico La Jornada
Miércoles 21 de febrero de 2018, p. 36

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) atenderá la demanda del señor Augusto Vargas Zepeda, de 81 años, a fin de restituirle la pensión que dejó de recibir desde hace dos años y medio, informó Santiago de María Campos, director de prestaciones económicas y sociales.

Dijo que en marzo se entregará al afectado lo que se le adeuda y a partir de abril se reanuda el pago mensual de su pensión de cesantía en edad avanzada, la cual obtuvo en 1997.

Los problemas empezaron cuando solicitó el cambio para una pensión por vejez, a la que considera tiene derecho. Incluso inició un procedimiento judicial con esa finalidad, luego de que se la negaron en el Seguro Social.

El Departamento de Pensiones del instituto en Tlanepantla suspendió los pagos en 2016. Vargas Zepeda continuó en su lucha, pero debido al tiempo transcurrido sin poder cobrar se desistió de la demanda, pero no recuperó su ingreso.

De hecho, esa área del IMSS le notificó que una vez concluido el juicio, es improcedente la reactivación de su pensión, con el argumento de que no había mandamiento de autoridad en el que se condene al Seguro Social a su restitución.

Ayer, De María Campos corrigió esta irregularidad e informó que la delegación regional estado de México poniente ya realiza las acciones conducentes a fin de resolver la queja de Vargas Zepeda.

Puntualizó que en la segunda semana de marzo el instituto, mediante un proceso extraordinario, acreditará a la cuenta dedon Augusto los recursos acumulados por el pago de su pensión por todo el periodo en que estuvo suspendida y a partir de abril se restablecerá el pago mensual de la prestación.

El funcionario agregó que el instituto fortalecerá los mecanismos de control y seguimiento para garantizar el pago de la pensión a quienes reclaman ante la autoridad laboral el reconocimiento de una prestación adicional en términos de la Ley del Seguro Social.